La muerte como causal de extinción del usufructo.
El usufructo podrá constituirse por tiempo determinado o por la vida del usufructuario. Cuando no se fije un tiempo específico en la constitución del usufructo, se entenderá que éste está constituido por toda la vida del usufructuario (art. 829 del Código Civil).
En ésta figura jurídica intervienen el nudo propietario y el usufructuario, de ellos ya se escribió en publicaciones anteriores, donde se señaló que la muerte del nudo propietario no extingue el usufructo, ya que la nuda propiedad al ser un derecho es susceptible de ser heredada y quien la herede deberá respetar el usufructo hasta que se dé alguna de las causales de extinción. Por el contrario, si quien fallece es el usufructuario, entonces si se extingue el usufructo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 865 del Código Civil.
¿Cuales son las otras causales de extinción del usufructo?
Además de la muerte del usufructuario, éste derecho real se puede extinguir a raíz de:
.- La renuncia del usufructuario.
.- La resolución de derecho del constituyente.
.- La llegada del día o cumplimiento de la condición.
.- La consolidación del usufructo en propiedad.
.- Por destrucción de la cosa fructuaria.
.- Por prescripción. Y;
.- Por sentencia judicial.
En la presente publicación nos enfocaremos en la muerte como causal de extinción, por consiguiente:
.- De las partes que intervienen en el usufructo, sólo la muerte del usufructuario constituye causal de extinción.
.- La muerte de aquella persona distinta al usufructuario no extingue el usufructo. Recordemos que la duración del usufructo puede consistir en el cumplimiento de una condición, en este caso, la condición es que el usufructo dure hasta que una persona distinta al usufructuario llegue a cierta edad, y aun cuando esa persona fallezca antes de cumplir la edad pautada, el usufructo seguirá vigente hasta la fecha cierta en que el difunto hubiese cumplido los años requeridos. Es decir, se tendrá como si la persona aun siguiera con vida.
.- Un aspecto a tener en consideración, es la interpretación literal que se pueda hacer sobre el artículo 865 del Código Civil, cuando cita:
“Por la muerte natural del usufructuario…”.
Ya que hay quienes se preguntan si la condición de natural allí plasmada es de estricto cumplimiento para poder considerar la muerte del usufructuario como causal válida de extinción. Puesto que la muerte además de natural también puede ser violenta.
Aunado a ello, tenemos la figura de la muerte presunta, que es el proceso que se tramita ante un Juez con el fin que declare que, luego de una ausencia prolongada, la persona ha muerto a pesar de no existir el cuerpo. Donde la intención es provocar iguales efectos legales que la muerte real. Del referido tema, ya se expuso en la publicación ¿Qué es la muerte presunta?.
Al respecto, no se ha podido encontrar material que permita aclarar esas inquietudes, tal vez sea porque la forma en que fue redactado el artículo no reviste ningún trasfondo o intención distinta a la de enunciar una causal de extinción de un derecho real.
Otra situación de la cual no hemos conseguido material, es sobre lo que sucedería si el usufructuario desaparece de su domicilio y se le declara como ausente. De acuerdo a la ley los apoderados o representantes legales del declarado ausente deberán representar y cuidar los intereses de éste. En teoría, se deberá aplicar esa disposición al usufructuario declarado ausente.
Para terminar, se decidió desarrollar un poco la causal de la muerte por cuanto se puede presentar en tres escenarios, uno es con respecto al nudo propietario, el segundo es en relación al usufructuario y el tercero hace referencia al fallecimiento de aquella persona distinta al usufructuario cuya determinada edad será empleada como condición para establecer la duración del usufructo.
Mientras que, el planteamiento sobre las posibles inquietudes originadas de una interpretación estricta de la norma se hizo para generar un sano debate entre nuestros gentiles lectores.
EL MINIMO VITAL
Cuando se habla de los derechos fundamentales que debe poseer una persona, necesariamente tenemos que remitirnos a la Constitución Política de nuestro país en donde Colombia se declara un Estado Social y, como tal, los derechos a la vida, salud, seguridad social,...
LICENCIA REMUNERADA POR LUTO
En caso de fallecimiento de la cónyuge, compañera o compañero permanente o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y segundo civil, tanto los servidores públicos como los trabajadores de empresas privadas tendrán una licencia...
VIOLENCIA DE GENERO
La violencia de género es un tema que suscita el mayor de los intereses en la sociedad y que cada vez cobra mayor relevancia hacia la protección de la mujer en caso de violencia intrafamiliar o de cualquier tipo de agresión física, psicológica, emocional, sexual o...
APORTES A PENSION DE AFILIADO FALLECIDO
Durante la vida laboral las personas, dentro de todas las deducciones que se le realizan, se encuentra la deducción del aporte a la pensión que, cumpliendo ciertos requisitos y dependiendo del régimen pensional donde se encuentre afiliado, será el dinero mensual que...
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS-ORIP
Ya son siete las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos -ORIP- que están en funcionamiento en diferentes ciudades del país con la finalidad que los usuarios agenden sus citas virtualmente y así programar hora y día sin necesidad de realizar largas e...
ADIOS CAPITULACIONES POR VIOLENCIA DE GENERO
ADIOS CAPITULACIONES POR VIOLENCIA DE GENERO El tema del dinero entre las personas es delicado, por su causa se han terminado amistades, negocios y se han unido o separado algunas parejas por lo que la ley, en este caso, ha proporcionado soluciones y, para las...
JORNADA DE TRABAJO NO LINEAL
Obligados a buscar alternativas al trabajo presencial durante la pandemia y ante el auge del teletrabajo, las empresas han implementado soluciones para los trabajadores y una de ellas es la jornada de trabajo no lineal que trataremos a continuación. ¿Qué...
REGISTRO UNICO DE BENEFICIARIOS
El sistema de identificación que posee la DIAN es una herramienta tecnológica de información que permite obtener una base de datos de personas naturales, y a través de este sistema informático se debe suministrar la respectiva documentación de aquellas personas que no...
MONTO MAXIMO PENSION DE VEJEZ
El tema de las semanas necesarias para obtener una pensión de vejez es muy controvertido, porque hay personas que desean tener mesadas de mayor valor que le garanticen una mejor calidad de vida, pero la norma no permitía que esto fuera así de sencillo, por eso, la...
EMBARGO
Si por alguna razón incumplió una obligación ante terceros y no puede cancelar lo adeudado, puede ocurrir que se inicie un proceso ejecutivo con la finalidad de recuperar las sumas en mora, evento al que nadie quiere llegar, pues están en riesgo su patrimonio y su...


