Índice de contenido
- ¿Por qué se implementa la contribución por valorización?
- ¿Cómo se calcula la contribución por valorización?
- ¿Cómo hacer el pago de la contribución por valorización en Bogotá?
- ¿Qué ocurre si no pago la contribución por valorización?
- ¿Cómo se obtiene el certificado de estado de cuenta para trámite notarial (paz y salvo) en Bogotá?
- Tenga en cuenta.
¿Por qué se implementa la contribución por valorización?
La contribución por valorización es un mecanismo que le permite al Estado financiar proyectos de interés público que buscan mejorar la calidad de vida de una determinada comunidad, que a la larga beneficiará a los dueños de los bienes inmuebles que se encuentran cerca a dichas obras, porque el valor de esas propiedades se puede incrementar en proporción al beneficio generado.
¿Cómo se calcula la contribución por valorización?
No existe una tasa o ecuación que permita establecer con precisión la contribución por valorización, dando a los respectivos entes públicos la libertad de determinar el monto exacto que se va pagar. Pero, éstos deben tomar en cuenta ciertos factores para definirlo, los cuales son:
- El costo total de la obra de interés público.
- El beneficio que se presume va a traer a la calidad de vida de los propietarios o poseedores de los bienes inmuebles y el posible incremento del valor de éstos.
- La capacidad de pago que tenga cada uno de los propietarios o poseedores; y
- La equidad entre el costo total de la obra y el beneficio que se espera dé a la localidad.
En base a estos criterios, cada departamento, distrito o municipio establecerá el monto de sus contribuciones, por ejemplo: el Concejo de Bogotá publicó el Acuerdo No. 724 de 2018 “Por el cual se establece el cobro de una contribución de valorización por beneficio local para la construcción de un plan de obras, y se dictan otras disposiciones”, en él se estableció un método de avalúo en base a la distancia que tiene la obra con relación a cada predio y el avalúo catastral vigente de éstos para el momento del estudio. Por lo tanto, entre más lejos esté la obra del predio y menor sea su avalúo, menor será el valor de la contribución. Y, entre más cerca esté la obra del predio y mayor sea su avalúo, mayor será la contribución.
¿Cómo hacer el pago de la contribución por valorización en Bogotá?
Primero debe conocer el estado de cuenta del predio, para ello:
- Ingrese a la página web www.idu.gov.co.
- Seleccione la pestaña “Trámites y Servicios”.
- Después en “Portal Servicios en Línea de Valorización”; y por último.
- Pulsará en “Estado de Cuenta”, ahí iniciará sesión con el usuario y contraseña correspondiente, pero si aún no tiene cuenta entonces podrá crear una siguiendo las recomendaciones.
Seguidamente, deberá descargar la cuenta de cobro:
- Pulse en la opción “Duplicado Cuenta de Cobro”, ingrese el número de CHIP del predio y de clic en continuar.
- En “Opciones”, seleccionará “Descargar cuenta de cobro”.
Podrá realizar el pago de manera presencial, las entidades financieras autorizadas se encuentran en la parte posterior de la Cuenta de Cobro.
También puede realizar el pago en línea por medio de una transferencia electrónica por la opción PSE (Proveedor de Servicios Electrónicos), de la siguiente manera:
- Ingrese a la página web www.idu.gov.co.
- Pulse en la pestaña “Trámites y Servicios”.
- Después en “Servicios en Línea de Valorización”; y
- Seleccione la opción “Pago de la Contribución”.
- Agregue el código CHIP del predio y seleccione la opción “Ingresar”.
- Pulse la opción “Valorización”.
- Observará el monto a cancelar, valide la información y seleccione la opción “Pago” y luego las opciones “Liquidar y “Pagar”.
- Seleccione la modalidad de pago, la entidad bancaria y el tipo de persona (natural o jurídica), marque la opción “Pagar” y será redireccionado al Sistema PSE para realizar el pago.
¿Qué ocurre si no se paga la contribución por valorización?
Cada proyecto establece sus periodos (meses) para el pago de la contribución por valorización con la intención de que los propietarios o poseedores puedan cancelar oportunamente. Si después de transcurrido esos lapsos usted no ha cumplido con la obligación, el retraso le generará intereses moratorios que deberá asumir, y si aún no paga, entonces procederá un cobro coactivo en su contra que se puede manifestar en el embargo del bien inmueble o en el embargo de sus cuentas bancarias.
Para quitar el embargo es necesario cancelar la totalidad de la deuda. En Bogotá, para solicitar el desembargo de la cuenta bancaria se debe enviar un oficio a través del formulario de radicación de correspondencia al cual puede ingresar en: https://www.idu.gov.co/page/radicacion-correspondencia; o en el correo [email protected].
¿Cómo se obtiene el certificado de estado de cuenta para trámite notarial (paz y salvo) en Bogotá?
Debe saber que a un bien inmueble con gravamen de valorización no se le podrá efectuar ningún trámite notarial hasta tanto no sea cancelado. Por ende, primero debe pagar la totalidad de la contribución, y una vez hecho, la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales (STJEF) del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) oficiará a la Superintendencia de Notariado y Registro para que sea levantada la medida.
Pero, si usted está pagando en cuotas y necesita realizar un trámite en notaria con una propiedad que se encuentra bajo el gravamen de valorización, es necesario que descargue el Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial (paz y salvo). Por lo tanto, el propietario deberá:
- Ingrese a la página web www.idu.gov.co.
- Pulse en la pestaña “Trámites y Servicios”.
- Después en “Servicios en Línea de Valorización”.
- Seleccione la opción “Generar certificado Estado de Cuenta”.
- Añada el número CHIP del predio y pulse la opción “Validar”.
- Igualmente, deberá ingresar los datos correspondientes a la matrícula inmobiliaria y dirección del predio.
- Pulse la opción “Generar Certificado” y automáticamente se descargara el certificado en formato PDF.
Tenga en cuenta.
- El CHIP de un predio y la matrícula inmobiliaria los encuentra en el recibo de impuesto predial y/o certificado de tradición y libertad.
- El Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial (paz y salvo), deja constancia sobre las cuotas que aún están pendientes de pago.
- Cualquier persona puede solicitar el Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial (paz y salvo).
- El periodo de vigencia del Certificado es de 30 días calendario.
- En Bogotá, otra manera de consultar el estado de cuenta es a través del formulario de radicación de correspondencia al cual puede ingresar en: https://www.idu.gov.co/page/radicacion-correspondencia; o en el correo [email protected].
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