Debe saber que un bien inmueble con medida cautelar, es decir, con una carga que consiste en la cancelación de un determinado monto de dinero, no podrá ser objeto de ningún tipo de trámite notarial hasta tanto dicha carga no haya sido cancelada. Por lo tanto, si usted es propietario de una casa o apartamento y quiere venderlo, primero deberá pagar la totalidad de la obligación y una vez hecho podrá solicitar el paz y salvo notarial.

Como en el caso de Andrés, que desea vender su apartamento pero resulta que sobre su inmueble recae una obligación por la construcción de una obra pública cercana y aunque a la larga dicha obra le va a traer beneficios tanto en su calidad de vida como en el valor de su propiedad, él necesariamente debe asumir el pago de un dinero que se genera por concepto de valorización. Con esa responsabilidad, Andrés se encuentra condicionado para disponer libremente de su propiedad y no sólo porque debe estar al día con los pagos pendientes, sino también, porque cada vez que se dirija a una Notaría a realizar algún trámite que involucre a su apartamento debe tener a la mano el paz y salvo notarial.

¿Qué es el paz y salvo notarial?

En líneas generales es un documento en el cual se deja constancia de que ya no existen deudas pendientes, es decir, es el soporte legal que permite probar que una persona o bien inmueble se encuentran al día en el pago de ciertas obligaciones. Y adquiere la condición de notarial porque ese documento es indispensable para realizar ciertos trámites ante una Notaría.

¿En qué casos es necesario el paz y salvo notarial?

Ya sabemos que quien desee vender un bien inmueble con medida cautelar no podrá hacerlo hasta que no haya cumplido con los deberes que recaen sobre su propiedad. Sin embargo, una vez que lo haga podrá dirigirse a la Notaría de su preferencia y realizar el respectivo trámite, pero el Notario siempre le solicitará el documento idóneo que lo certifique. En pocas palabras, el paz y salvo notarial es ese documento que sirve como soporte para que el Notario tenga plena seguridad de que la casa o apartamento que se desea comercializar está al día con sus obligaciones.

Así pues, usted necesitará el paz y salvo notarial cuando quiera realizar los siguientes trámites:

  • Compraventa de bien inmueble.
  • Venta de nuda propiedad con constitución o reserva de usufructo.
  • Reglamentación de propiedad horizontal.
  • Donación.
  • Constitución y cancelación de hipoteca, entre otros.

¿Cómo solicitar el paz y salvo notarial por valorización en Bogotá?

Para realizar un trámite en Notaria con una propiedad que se encuentra bajo el gravamen de la valoración, primero es necesario que descargue el Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial (paz y salvo). Por lo tanto, el propietario deberá:

  • Ingrese a la página web www.idu.gov.co
  • Pulse en la pestaña “Trámites y Servicios”.
  • Después en “Servicios en Línea de Valorización”.
  • Seleccione la opción “Generar certificado Estado de Cuenta”.
  • Añada el número CHIP del predio y pulse la opción “Validar”.
  • Igualmente, deberá ingresar los datos correspondientes a la matrícula inmobiliaria y dirección del predio.
  • Pulse la opción “Generar Certificado” y automáticamente se descargara el certificado en formato PDF.

Datos de interés.

  • Abogado: no es necesario para tramitar el paz y salvo.
  • Duración del trámite: por lo general se obtiene sin demoras.
  • Costo del trámite: es gratuito, pero con la elaboración de la escritura pública se generan costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.

Tenga en cuenta.

  • Cuando se trata del gravamen por valorización, el documento de paz y salvo también es conocido como Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial. Y en la ciudad de Bogotá es expedido por el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
  • El documento de paz y salvo, deja constancia sobre las cuotas que aún están pendientes de pago en caso de que la obligación sea fraccionada.
  • Cualquier persona puede solicitar el Certificado de Estado de Cuenta para trámite notarial (paz y salvo).
  • El CHIP de un predio y la matrícula inmobiliaria los encuentra en el recibo de impuesto predial y/o certificado de tradición y libertad.
  • El paz y salvo por valorización tiene un plazo de vigencia de 30 días calendario como regla general, pero, debido a la situación especial por la que atraviesa el país, en la ciudad de Bogotá se extendió a 60 días calendario la vigencia del paz y salvo por valorización con el fin de facilitar algunos trámites en las Notarías de la ciudad, como por ejemplo los trámites relacionados con escrituras públicas.

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