¿De ser así qué sucedería con la pensión?
De ser así, en caso de no existir esposa y/o pareja permanente, hijos con derechos, hermanos discapacitados o padres vivos, tal beneficio no será heredable a los consanguíneos, según el orden hereditario.
No reforma pensional, pero…
La reforma pensional es un tema álgido que, en muchos escenarios, no encuentra ningún respaldo para sacarla adelante. Sin embargo, esta sí es una necesidad imperiosa que, tarde o temprano, habrá que realizar fundamentada en los altos costos financieros de la situación pensional en el país y por su inoperabilidad para sostenerla a futuro.
¿El gobierno del Presidente Duque presentará el proyecto de reforma pensional?
El Gobierno de Duque, al menos este año, no presentará ante el legislativo la reforma pensional cuya pretensión es eliminar el régimen de prima media y aumentar la tasa de cotización de forma gradual, pero sí se hará una “jugada maestra” con el proyecto de ley al que nos hemos referido, al eliminar los artículos 81 y 82 de la Ley 100 de seguridad social que hacen referencia al retiro programado y al retiro programado con renta vitalicia diferida.
¿Cómo?
A través del proyecto de ley de mercado de capitales que hace curso en el legislativo.
¿Qué se pretende con esta ley de mercado de capitales?
Se trata de desarrollar el mercado de capitales, modernizar y fortalecer el sistema financiero e impulsar el sistema de pagos.
La propuesta no podrá dejar de lado al sector de seguros dado que juegan un papel importante en el mundo de las pensiones al colocar los dineros de los afiliados en diferentes fondos de inversión de mediano y alto riesgo, por lo que el Gobierno Nacional busca modernizar y revisar las normas vigentes con el propósito de implementar un modelo de regulación y supervisión basado en los riesgos.
¿Qué consecuencias se causarían con la eliminación de estos dos artículos?
La respuesta a esta inquietud es que sencillamente dejarían de existir estas modalidades de pensión y, tal como lo señala la Ley 100 de 1993: “En caso de que a la muerte del afiliado o pensionado no hubiere beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, las sumas acumuladas en la cuenta de ahorro individual pensional harán parte de la masa sucesoral de bienes del causante. En caso de que no hubiere causahabientes hasta el quinto orden hereditario, la suma acumulada en la cuenta, se destinará al fondo de solidaridad pensional”, esto ya no sería posible.
Por lo mismo, no habría lugar a que un afiliado, ya sea trabajador o independiente, contrate con una compañía de seguros de vida para que él y sus beneficiarios herederos obtengan una pensión vitalicia al momento de su jubilación.
Temas relacionados:
SALARIO MÍNIMO PARA EL 2018
Aunque la cifra de incremento del salario mínimo para el próximo año aún no es oficial, ya se conocen, más o menos, las propuestas tanto de trabajadores como de empresarios. Sin embargo, la diferencia porcentual para el incremento entre unos y otros es bastante, lo...
¿CÓMO EVITAR ESTAFA AL COMPRAR UNA CASA?
Invertir en una casa propia es el sueño que muchos colombianos esperamos cumplir en algún momento de nuestra vida, sin embargo hay que ser muy cuidadoso a la hora de buscar inmuebles y negociar el traspaso del mismo para no caer en una estafa. ESTAFA En el mundo de...
MEDIANTE PODER GENERAL ¿PUEDO FIRMAR UNA ESCRITURA DE COMPRAVENTA?
Los poderes o contratos de mandato se dividen en dos clases, los generales y los especiales, cada uno con capacidades y limitaciones diferentes. El Poder Especial delimita muy bien la facultad que se le otorga al apoderado, describiendo detalladamente las acciones que...
¿QUÉ ES LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA S.A.S.?
Desde que entró en vigencia la Ley 1258 de 2008 surgió la figura de la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) y se configuró en una especie de “fenómeno” sinigual porque, a partir de ese momento, se crearon masivamente muchas sociedades de este tipo a nivel...
¿QUE OTRAS ANOTACIONES SE PUEDEN ENCONTRAR EN EL FOLIO DE MATRICULA?
ANOTACIONES OTRAS ANOTACIONES CÓDIGO 900 0901 – ACLARACIÓN Cualquier corrección de una escritura ya autorizada debe consignarse en instrumento separado, con todas las formalidades necesarias y con intervención de todas las personas que comparecieron en la primera....
ANOTACIONES DE TRADICION EN EL FOLIO DE MATRÍCULA
TRADICIÓN CÓDIGO 100 0101 – ACCESIÓN DEL SUELO Título traslaticio de dominio, consistente en la declaración judicial o reconocimiento sobre el aumento que recibe un predio ribereño, por disminución o variación del cause de un río, o por la formación de terreno por...
CONOZCA LAS MEDIDAS CAUTELARES QUE SE LE APLICAN A UN INMUEBLE
MEDIDAS CAUTELARES Código 400 0401 – COMISO ESPECIAL Los inmuebles vinculados a los procesos por los delitos cuyo conocimiento se atribuye a los jueces penales del circuito especializado, o que provengan de su ejecución, quedarán fuera del comercio a partir de su...
¿QUE TENER EN CUENTA ANTES DE FIRMAR LA PROMESA DE COMPRAVENTA?
ELABORE ONLINE SU PROMESA de COMPRAVENTA La PROMESA DE COMPRAVENTA es un documento muy importante que se realiza antes de concretar el negocio de la venta o compra de un inmueble, por eso en ella se acuerda detalladamente cada uno de los...
¿QUE SON LOS TITULOS DE TENENCIA?
TITULOS DE TENENCIA (Código 500) 0501 – ADMINISTRACIÓN ANTICRÉTICA Es un contrato por el cual se entrega al acreedor una finca raíz para que se pague con sus frutos. Art. 2458 C.C. Se perfecciona por la tradición del inmueble. (Art. 2460 C.C.). Titulos de tenencia...
¿QUE Y CUALES SON LOS GRAVAMENES AL DOMINIO?
GRAVAMENES AL DOMINIO CÓDIGO 200 0201 – AMPLIACIÓN DE HIPOTECA El acto de ampliación de hipoteca no se considera como acto de constitución y puede referirse a uno de varios aspectos como el aumento del monto por el cual se constituyó inicialmente la garantía....

