¿Cómo es el procedimiento legal para que una sucursal de sociedad extranjera cese sus actividades comerciales en el país?
Como ya se planteó en el escrito “Nociones generales de una sucursal de sociedad extranjera”, estos establecimientos comerciales al ser una extensión de la sociedad extranjera, carecen de personería jurídica, por consiguiente, en virtud de no haber norma expresa al respecto, para la terminación efectiva de las actividades de una sucursal de sociedad extranjera en el país, no hay cabida a la posibilidad de una disolución con posterior liquidación como ocurre en las sociedades colombianas. Entonces, ¿Cuáles serían los pasos a seguir? El Código de Comercio no contempla de manera expresa el procedimiento para tal fin, pero a través de sus artículos 495 y 496, si da luces de cómo proceder para finiquitar las actividades comerciales de la sucursal, a las sucursales de sociedades extranjeras les corresponde cumplir todo el proceso que regulan los artículos 225 y siguientes del referido código, aplicable para las sociedades por acciones, por consiguiente, su terminación consistirá en la liquidación de los negocios que tenga en el territorio nacional mediante la venta de los bienes afectos a la actividad realizada en el país por la sociedad extranjera.
De acuerdo a la Superintendencia de Sociedades, en el concepto 220-177046 de 2016: “…según sea la causal que ha dado origen a la clausura de la sucursal en Colombia, como primera medida deberá formalizarse la decisión a través de una modificación al documento de fundación de la misma”.
Después de tal modificación, y según el concepto 220-177046 de 2016, se deben seguir los siguientes pasos:
.- “…darse el aviso a los acreedores sobre el estado de liquidación en el que se encuentra la sucursal…”.
.- “…deberá elaborarse el inventario del patrimonio de la sucursal, el cual deberá contener una relación pormenorizada de los distintos activos sociales, así como de los pasivos con especificación de la prelación u orden legal de pago de cada una de las obligaciones que le corresponde pagar, incluso de las que sólo puedan afectar eventualmente su patrimonio como las condicionales, las litigiosas, las fianzas, los avales, etc. Dentro de las litigiosas se encuentran las referidas en la consulta, esto es, los procesos contenciosos administrativos y aquellos en los cuales la casa matriz, en nombre de la sucursal, sea parte como demandada”.
.- “Si el inventario requiriera aprobación por parte de la Superintendencia, se seguirá el procedimiento contemplado en los artículos 235 y siguientes del Código de Comercio, luego de lo cual procederá el pago de las obligaciones de la sucursal con observancia estricta del orden de prelación legal de los créditos”.
.- “Para los solos efectos de la liquidación deberá tenerse en cuenta lo establecido por el artículo 244 ejusdem, según el cual se podrán pagar todas las obligaciones a término contra la sociedad –léase sucursal- inclusive aquellas cuyo plazo se haya pactado en favor de los acreedores, así como sin intereses distintos de los que se hubieren pactado expresamente”.
.- “En cuanto a las obligaciones condicionales o litigiosas, por mandato del artículo 245 de la codificación mercantil, deberá hacerse una reserva adecuada en poder de los liquidadores para los eventos en que llegaren a hacerse exigibles, la que se distribuirá entre los asociados en caso contrario –como quiera que no existen asociados, corresponderá ser distribuido a la casa matriz- (…) la liquidación no se suspenderá, sino que continuará en cuanto a los demás activos y pasivos”.
.- “Terminada la liquidación sin que la obligación condicional o litigiosa se hubiere hecho exigible, la mencionada reserva se depositará en un establecimiento bancario”.
.- Por último: “Una vez pagado todo el pasivo externo, compuesto por las obligaciones de la sucursal con terceras personas, el remanente podrá reintegrarse a la casa matriz”.
La Cámara de Comercio de Bogotá, nos indica que, las decisiones de disolución de las sucursales de sociedad extranjera se protocolizan en una escritura pública ante un notario, junto con la copia de los documentos establecidos en la ley.
Por su parte, la Cámara de Comercio de Medellín, nos señala los siguientes requisitos para la cancelación de la sucursal de una sociedad extranjera:
.- Estar al día con la obligación de renovar la matrícula mercantil.
.- Presentar el documento de fundación de la sucursal con la modificación que aprueba la disolución, además, debe indicar que no hay pasivos y distribuya el remanente o manifieste la inexistencia de los mismos. Tal documento debe estar apostillado o autenticado por el funcionario competente del país de origen o por el agente consular y si el documento es expedido en un idioma diferente al castellano, debe ser traducido por un traductor oficial autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
.- Se requiere el nombramiento de liquidador, si así lo dispuso el órgano competente, con su respectiva aceptación y copia del documento de identificación.
.- Balance de la sucursal aprobado por la Superintendencia.
.- También hace referencia a un formato de cancelación con presentación personal o diligencia de reconocimiento de contenido y firma ante juez o notario.
Por último, la Cámara de Comercio advierte que, de faltar algún requisito el interesado contará con un (1) mes a partir de la fecha de la comunicación, para cumplir con lo solicitado y si vencido el plazo no se cumplen los requerimientos, se entenderá que el interesado ha desistido de su petición de registro y la Cámara, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, emitirá resolución que declare el abandono de la solicitud y ordene el archivo del trámite.
NUEVAS REGLAS PARA EL TRABAJO DOMESTICO
El trabajo doméstico remunerado cuenta desde agosto de 2026 con una reglamentación específica que busca avanzar en su formalización y garantizar una protección laboral integral para las personas que realizan labores de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado y demás...
CAMBIOS EN DONACION DE ORGANOS
Colombia avanza en la actualización de las normas que regulan la donación y el trasplante de órganos, tejidos y componentes anatómicos, con el fin de fortalecer el sistema nacional, mejorar la disponibilidad de órganos y facilitar el acceso oportuno de los...
NUEVAS REGLAS CONTRA EL ACOSO LABORAL
El Decreto 1040 de 2026 establece nuevas reglas para prevenir, atender y proteger a las personas frente al acoso, la violencia, la violencia basada en género y la discriminación en el mundo del trabajo. La norma desarrolla disposiciones de la Ley 2466 de 2025 y...
RACISMO ESCOLAR
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-513 de 2025, estableció un importante precedente para la protección de los estudiantes frente al racismo escolar. La decisión no sólo amparó los derechos fundamentales de un estudiante afrodescendiente que denunció...
ACERVO IMAGINARIO
El acervo imaginario es una figura del derecho sucesoral colombiano que sirve para establecer correctamente las legítimas de los herederos forzosos cuando el causante realizó determinadas donaciones durante su vida. ¿Qué es el acervo imaginario? El Código Civil...
CAPACIDAD JURIDICA
La capacidad jurídica es el derecho que tiene toda persona a ser titular de derechos y obligaciones y a ejercerlos por sí misma. En Colombia, este concepto se transformó profundamente con la expedición de la Ley 1996 de 2019, la cual reconoció la capacidad legal plena...
COMITES DE CONVIVENCIA LABORAL
Los Comités de Convivencia Laboral cumplen un papel fundamental en la prevención del acoso laboral y en la promoción de ambientes de trabajo respetuosos y saludables, cuyas reglas sobre su conformación y funcionamiento fueron actualizadas con la expedición de la...
POLITICA DE VIVIENDA DE ABELARDO DE LA ESPRIELLA
El acceso a vivienda propia se perfila como una de las prioridades del gobierno de Abelardo de la Espriella, quien durante su campaña propuso convertir a Colombia en un “país de propietarios”, facilitar el acceso a créditos hipotecarios de largo plazo y recuperar los...
SIC LIMITA EL USO DE BIOMETRIA EN PROPIEDAD HORIZONTAL
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) limita el uso de biometría en propiedad horizontal como es el reconocimiento facial para controlar el ingreso a conjuntos residenciales. La decisión recuerda que estos datos tienen la calidad de datos sensibles y que...
MALTRATO INFANTIL
El maltrato infantil representa una grave vulneración de los derechos de niños y adolescentes y puede dejar consecuencias físicas, psicológicas y sociales que durarán toda la vida. No son solo golpes, sino también es la violencia psicológica, los castigos crueles, el...

