TESTIMONIO NOTARIAL

by | Abr 5, 2021 | BLOG, TESTIMONIO NOTARIAL | 0 comments

Uno de los trámites más usuales y utilizados en las notarías es el llamado testimonio notarial.

El notario da fe sobre la autenticidad de firmas, documentos originales de diversas índoles como escrituras y anexos, contratos de compra-venta, identificación de la persona, ya sea con cédulas de ciudadanía, tarjetas de identidad, pasaportes u otros, siempre y cuando constate que coincide literal e integralmente con los documentos que se le presentan, e inclusive que son copia de otro documento; al igual cuando se rinde un testimonio o declaración extra juicio.

 

¿Cuál es la función esencial del notario?

El Decreto 2148 de 1983, en su artículo 1, señala que es el de dar fe notarial.

 

¿Qué protocolo se debe seguir para la legalización del documento?

Según la naturaleza de cada documento: 

Otro acto de fe, artículo 73 Estatuto del Notariado, es dando testimonio escrito de que la firma que tiene delante de él, en el documento, corresponde textualmente a la firma registrada, previa comparación de las mismas. 

  • De cotejo con otra firma registrada

El notario puede dar fe de firma, asimismo, cuando ratifica que dicha firma está inscrita en el libro de registro, el cual sirve para su respectivo cotejo.

  • Autenticidad por medio de fotografía.

Igual acontece si es una fotografía. En este caso el notario establece su autenticidad y da fe de ello, siempre y cuando  reúna los requisitos del artículo 76 del Estatuto del Notariado.

  • De supervivencia.

El notario, dentro de sus funciones da fe de supervivencia, cuando constate la presencia física de la persona “con tal objeto, anotando el medio de identificación que hubiere tenido en cuenta”. De tal manera, que el notario puede dar testimonio de ello.

  • Extrajuicio como prueba

Cualquier persona puede acudir ante notario para realizar una declaración de extrajuicio que podrá ser utilizada como prueba ante la instancia que el interesado requiera. Su validez será la del Código General del Proceso, bajo la gravedad de juramento.

  • Ratificación de la declaración extrajuicio

Cabe anotar que estas declaraciones extrajuicio, con fines judiciales, por lo general son ratificadas por la misma persona en la audiencia, en caso que sea solicitado por el abogado de la contraparte,  entendiéndose que dicho testimonio es veraz, fidedigno y válido.

  • Aquellos relacionados con hechos o situaciones.

Son los llamados testimonios especiales. El notario dará fe de hechos o situaciones transcurridas durante el acto testimonial, artículo 95 del Estatuto del Notariado.

  • Fe pública de reconocimiento, fidelidad y autenticidad

 

El notario, dentro de sus funciones está dando fe pública de reconocimiento, fidelidad y autenticidad, por tanto, le corresponde:

  • Recibir, extender y autorizar las declaraciones que, según lo exigido por la ley, requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran darle este alcance.
  • Dar testimonio sobre el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
  • Dar testimonio sobre la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.
  • Dar fe de la correspondencia o identidad existente entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
  • Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
  • Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordena protocolizar o que los interesados deseen proteger de esta forma.
  • Expedir copias o certificaciones, según el caso, de los documentos que se encuentran en sus archivos.
  • Dar testimonio escrito con fines jurídicos – probatorios de los hechos observados por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
  • Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que según la Ley civil deban otorgarse ante ellos.
  • Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados, entre otros más.

 

¿Cómo se considera que es un testimonio?

Fidedigno y veraz.  Se considera real, auténtico, fidedigno, veraz, con fuerza probatoria, solemne y bajo la gravedad del juramento.

 

¿Cuál es el tiempo requerido para este trámite?

Desde el momento  en que se recibe el testimonio hasta la entrega del documento autenticado con sello y firma del notario, entre 20 a 30 minutos.

 

¿Cuáles son los costos notariales?

El costo de realizar este trámite lo encontrará en las tarifas notariales de la notaría 19.

 

Temas relacionados:

Declaración extrajuicio

Preguntas sobre servicios notariales 

Acta de comparecencia notarial

Autenticación de documentos

RENDICION PROVOCADA DE CUENTAS

RENDICION PROVOCADA DE CUENTAS Expresión usada en distintas áreas de nuestra vida como la de contratación, como ciudadano , o  en lo laboral y que es definida, en términos generales,  como la exposición de una situación,  de un hecho o acción ante una persona que...

read more

PETICION DE HERENCIA

A muchas personas les ha sucedido que no son tenidas en cuenta en la partición de bienes de un familiar y se enteran mucho tiempo después que realizaron la sucesión sin tenerlo en cuenta.  ¿Qué se puede hacer?   ¿Qué es la acción de petición de herencia?  ...

read more

SUCESION DE BIENES INTANGIBLES

Así como se heredan bienes materiales compuestos de muebles, inmuebles y dinero también se heredan bienes intangibles, aunque es un tema que ha sido poco tratado, así que lo explicaremos brevemente y de la forma más concreta posible.   ¿Qué son los bienes...

read more

APOSTILLAR

La única forma de apostillar o legalizar los documentos es a través  de la apostilla y en nuestro país se hace en el portal web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia:  www.cancilleria.gov.co/apostilla-legalización, tal como reseña la Cancillería en su...

read more

IMPUESTOS A LAS HERENCIAS

De acuerdo con el  artículo 1011 del Código Civil colombiano, se debe diferenciar entre herederos y legatarios que, en la vida diaria, suelen designarse como iguales, pero en derecho son totalmente diferentes.     ¿Quién es un heredero y quién un legatario?...

read more

DEPENDENCIA ECONOMICA

En un reciente pronunciamiento la Corte Constitucional reafirmó que “para efectos de adquirir la pensión de sobrevivientes o la sustitución pensional, la dependencia económica no solo se presenta cuando una persona demuestra haber dependido cabal y completamente del...

read more

PRESCRIPCION DE LA FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS

Hay preguntas que los usuarios se hacen y en este artículo resolveremos estos interrogantes para que se tenga claridad de cómo proceder en caso de una deuda de un servicio público, en qué tiempo podrán ser cobradas jurídicamente e, igualmente, los términos que se...

read more

TRASLADO REGIMEN PENSIONAL

A raíz de un fallo de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, más exactamente la providencia SL 373-2021, se declaró que las personas que en un momento de su vida laboral pertenecieron al régimen de prima media con prestación definida (Afiliados a...

read more

REPARTIR LOS BIENES EN VIDA

Actualmente, muchos de nosotros buscamos la forma de disminuir costos en muchas áreas y una de ellas es la sucesión, pues tratamos de evitar que los herederos se vean comprometidos a asumir esos costos y una forma para ello es repartir los bienes en vida.   ¿Qué...

read more

IMPUGNACION DE PATERNIDAD

En la eventualidad que se tenga la duda de ser el padre de determinado hijo o hija, éste puede recurrir a los juzgados de familia e iniciar un proceso de impugnación de paternidad.   ¿En qué consiste?   Es un proceso judicial que busca demostrar por parte...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido