¿Cuál es el trámite para constituir una sucursal de sociedad extranjera en Colombia?
Como se plasmó en el artículo “Nociones generales de una sucursal de sociedad extranjera”, las sucursales permiten desarrollar negocios permanentes en Colombia a una sociedad extranjera, para ello, los interesados deben cumplir una serie de trámites con el fin de formalizar su actividad en el país.
El primer paso es acudir a una notaría del sitio elegido como domicilio dentro del territorio nacional, con el fin de protocolizar los siguientes documentos:
.- Copia del documento de fundación y estatutos de la sociedad extranjera, así como, de los documentos que acreditan su existencia expedidos en el país de origen por el organismo competente.
.- Copia del documento o resolución proferida por la sociedad extranjera, en la cual se acordó el establecimiento de una sucursal en Colombia, estipulando:
.- Nombre de la sucursal.
.- Los negocios que se proponga desarrollar, indicando claramente las actividades.
.- El monto del capital asignado a la sucursal y el originado en otras fuentes, si las hubiere.
.- El lugar escogido como domicilio de la sucursal.
.- La duración de los negocios en el país y causales de terminación de los mismos.
.- Las facultades de los representantes legales, apoderados, o mandatarios quienes se entenderán facultados para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrán la personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales.
.- La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia.
.- La designación de los representantes legales, apoderados o mandatarios con identificación plena de sus nombres, apellidos y número de identificación.
Si los documentos antes mencionados fueron extendidos en idioma distinto al castellano, deben protocolizarse la correspondiente traducción al español por un intérprete autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Así mismo, cada documento debe venir con el correspondiente certificado de apostilla.
El segundo paso, consiste en efectuar el Registro Único Tributario (R.U.T.), el cual se puede hacer personalmente o a través de apoderado, ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (D.I.A.N.), igualmente se debe tramitar el formulario R.U.E.S., que es el formato dispuesto por la Superintendencia de Industria y Comercio (S.I.C.), con el fin de adelantar a nivel nacional el proceso de matrícula o inscripción en el Registro Único Empresarial y Social.
Posteriormente, una vez tramitado los anteriores requisitos, se debe acudir con la totalidad de ellos a la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde la sucursal va a desarrollar su actividad económica, para inscribirse mediante el diligenciamiento del formulario de matrícula mercantil. Una vez efectuada la matrícula mercantil, la Cámara de Comercio remitirá a la D.I.A.N., la información necesaria para que le sea asignado el Número de Identificación Tributaria (N.I.T.), el cual quedará consignado en el certificado de matrícula.
Toda sucursal debe abrir una cuenta a su nombre en una entidad bancaria. En esta cuenta se hará el depósito del capital por parte de los inversionistas.
Una vez efectuada la inversión, es decir, una vez se cubra el capital asignado a la sucursal y posteriormente en cada aumento del mismo, deberá efectuarse el registro de la inversión extranjera ante el Banco de la República.
De todo lo anterior, y previo a iniciar la tramitación, se aconsejan las siguientes observaciones:
.- Consultar el nombre en la página web del R.U.E.S.
.- Consulte la actividad económica, si la actividad económica es de las catalogadas como de alto impacto (venta y consumo de bebidas alcohólicas, o servicios sexuales), debe cumplir con lo establecido en el artículo 85 y siguientes de la Ley 1801 de 2016.
.- Consulte la marca, esta consulta no reemplaza la consulta de antecedentes marcarios que se realiza ante la Superintendencia de industria y Comercio, dicha consulta tiene un costo establecido por la mencionada Entidad.
.- Consulte el uso de suelo, en las oficinas de planeación distrital, también puede consultar los datos de uso del suelo en la página web del R.U.E.S.
.- Para quedar formalizado en la D.I.A.N., deberá obtener el certificado original del R.U.T., que expide esa entidad.
.- La inscripción en la Cámara está sujeta al pago del impuesto de registro, equivalente al 0.7% del monto del capital asignado a la sucursal. Dicha inscripción debe renovarse anualmente ante la misma entidad
.- En caso de existir aportes de bienes inmuebles al capital social, deberá hacerse una descripción clara de cada inmueble que incluya linderos y número de matrícula inmobiliaria, en estos casos, deberá acreditarse el pago del impuesto de registro que es liquidado y recaudado en la correspondiente Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y la reforma estatutaria deberá realizarse a través de escritura pública. Y por último,
.- Si la sucursal de sociedad extranjera está localizada en Bogotá o en los municipios de competencia de la Cámara de Comercio de Bogotá, se podrá matricular en cualquiera de las sedes de la C.C.B., o a través del servicio R.U.E.S., en cualquier Cámara de Comercio del país.
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