¿Un bien dado en comodato se puede dar como aporte para suscribir el capital social de una empresa?

by | Dic 6, 2019 | BLOG | 0 comments

¿Un bien dado en comodato se puede dar como aporte para suscribir el capital social de una empresa?

Primeramente debemos tener claro que es el comodato, en la publicación ¿Qué es y cómo funciona el contrato de comodato?, el contrato de comodato se define como un acuerdo que realizan dos personas en donde se hace préstamo de un bien mueble o inmueble, a título gratuito.

Por su parte, el artículo 2200 del Código Civil da la definición legal de dicha figura jurídica al señalar:

“El comodato o préstamo de uso es un contrato en que la una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso.

Este contrato no se perfecciona sino por la tradición de la cosa”.

De lo anterior, ¿Cuáles son las características de este tipo de contratos?

Es gratuito, no se transfiere el dominio, el comodatario (aquella persona que recibe el bien en comodato), debe darle el uso indicado en el contrato por el comodante (persona que entrega su bien a otro en contrato de comodato), y se perfecciona con la entrega de la cosa o inmueble.

¿Cuál es la duración del contrato de comodato?

Éste puede tener una duración determinada o indeterminada, será determinada cuando exista un plazo para la restitución del bien, obviamente si no se establece fecha específica, se considerará que el bien fue otorgado de forma indefinida. Pero a toda costa debe evitarse contratos de comodato sin términos de restitución o indefinidos y así evitar inconvenientes con el comodatario.

De acuerdo a la definición y características ya planteadas, ¿Es posible dar un bien en comodato como aporte para constituir el capital social de una empresa?

A primera vista, surgen consideraciones que hacen pensar que tal situación no sea posible, pero resulta que así se dio en una empresa según el Oficio 220-127542 del 04 de noviembre de 2011 emitido por la Superintendencia de Sociedades, donde uno de los accionista pago sus acciones con activos que tenía en comodato y que eran propiedad de otra empresa.

¿Cuáles son esas consideraciones?

El mismo oficio nos recuerda que al suscribir un bien como capital de una empresa, éste pasa a ser propiedad de esa nueva persona jurídica y por ende podrá disponer de él como cualquier activo perteneciente a la sociedad comercial, pero no se podriá perfeccionar el trámite si el bien no es de quien lo suscribió.

También nos señala, que al suscribir cualquier bien como capital, aquel debe ir acompañado de los documentos que acrediten su propiedad y en el caso del comodato, el comodante nunca transfiere el dominio del bien.

Entonces, ¿Cómo pudo suscribirse dicho bien como parte del capital?

Según el oficio, pudo darse la posibilidad que en la escritura pública de constitución de la sociedad comercial, el accionista haya aportado el bien como propio y no a título de comodato.

¿Qué puede hacer la empresa que es dueña de ese bien?

A recomendación de la Superintendencia de Sociedades:

“…la sociedad deberá acudir a las vías judiciales sea para reclamar el ejercicio pacífico de la posesión en el término necesario para determinar la prescripción o hacer exigibles los arbitrios establecidos para la reposición del aporte”.

Para evitar tal situación, volvemos hacer las recomendaciones de la publicación arriba citada:

.- Es mejor prevenir, es preferible que hagan el acuerdo por escrito estipulando la fecha de inicio y de vencimiento, además de incluir el uso que se le dará al bien.

.- Para mayor seguridad, pueden autenticar las firmas ante una notaría. En caso de cualquier inconveniente, ese documento le sirve a usted como prueba del acuerdo al que llegaron.

.- Hacer un inventario de los bienes que quedan en la propiedad y su estado (sillas, mesas, si están rayadas antes de que llegara el comodatario), si prefiere hacer registro fotográfico de cómo entrega la propiedad y cómo espera recibirla, es válido. Esto lo puede anexar al documento escrito.

Por último, no es obligatorio hacer el acuerdo por escrito, ya que la ley favorece al titular de la propiedad debido a que no existe un valor a cambio del bien prestado, pero siempre es mejor asegurarse.

VACACIONES LABORALES

Finaliza el año, algunas empresas dan vacaciones colectivas a sus trabajadores y en otras son ellos quienes solicitan su periodo de vacaciones, por ello, le dedicaremos este artículo a este derecho laboral.   ¿Qué son las vacaciones laborales? Consideradas como...

read more

CESANTIAS

Laboralmente, la finalización de un año y el comienzo de otro trae consigo diferentes responsabilidades tanto para los trabajadores como para las empresas y una de ellas es la consignación de las cesantías y de los respectivos intereses.     ¿Qué son las...

read more

ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA

Desafortunadamente, en muchos ámbitos se presentan injusticias pero, afortunadamente, la ley cuenta con normas que buscan proteger a las víctimas de este tipo de arbitrariedades  y la estabilidad laboral reforzada es una de las figuras jurídicas creadas para tal fin,...

read more

CONTRATO DE APRENDIZAJE

La palabra “aprendiz” se usa para definir a aquellas personas que están adquiriendo un conocimiento o una experiencia en alguna profesión, arte u oficio, por lo que el tema de este artículo es el contrato de aprendizaje, de qué se trata, sus modalidades, qué empresas...

read more

FRANQUICIA

A muchos nos gusta visitar un centro comercial, ir a cine, almorzar en su plazoleta de comidas y compartir con la familia, pero no muchos sabemos que algunos de esos negocios en los que adquirimos alguno de sus productos es lo que se conoce como franquicia, tema del...

read more

AUMENTO CANON DE ARRENDAMIENTO

Antes de finalizar el presente año 2022 hemos venido comentando noticias como el aumento del salario mínimo y del auxilio de transporte, la recién aprobada reforma tributaria y el tema de la inflación que incide directamente, por ej.,  en el presupuesto de muchos...

read more

INFLACION

No pretendemos ponernos a la altura de los economistas para hablar del tema de la inflación, sino dar un vistazo general y sencillo de este término, citar sus efectos en la economía en general de un país y en el “bolsillo” de los ciudadanos.   ¿Qué es la...

read more

INDEXACION

Indexar, término que escuchamos frecuentemente durante los últimos meses del año 2022 y muy relacionado con la reciente discusión del porcentaje de aumento del salario mínimo  y del auxilio de transporte para el 2023, por lo que en este artículo nos referiremos al...

read more

IMPUESTOS SALUDABLES

Previo a la discusión de la reforma tributaria aprobada recientemente por el Congreso y sancionada por el Presidente de la República, de la cual hicimos un resumen en anterior artículo, se ha discutido mucho sobre los impuestos saludables, pero, ¿sabemos a ciencia...

read more

REFORMA TRIBUTARIA 2022

La nueva reforma tributaria 2022, Ley 2277 de 2022,  entrará en vigencia el 01 de enero de 2023,  aunque para procedimiento tributario está aplicando desde el 13 de diciembre de 2022, es un tema que nos genera mucha preocupación por su carga en impuestos, así como los...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido