En la publicación “Contrato de compraventa de vehículo” desarrollamos ítems como la definición de la compraventa de un vehículo, los requisitos que deben cumplir para realizar el trámite ante la Notaría 19 de Bogotá y algunas recomendaciones que son de vital importancia, sin embargo, hay más contenido que deseamos agregar al tema y es por eso que en esta ocasión le traemos otros consejos para comprar vehiculo que le serán de mucha utilidad y le ayudarán a complementar la información anterior. 

Recomendaciones.

Para que la compra de ese carro o moto que tanto desea no se le vuelva un verdadero dolor de cabeza, la primera recomendación que le damos es acudir a un mecánico de confianza para que éste revise cuidadosamente el estado del vehículo, pero además, también le aconsejamos lo siguiente:

  • Solicitar el certificado tradición y libertad, para conocer todas las características del vehículo, como por ejemplo: su actual propietario y el historial de propietarios de ser el caso, las limitaciones a su dominio que eviten que el propietario pueda hacer uso, goce y disposición de él, medidas cautelares que prohíban venderlo hasta que el propietario no cumpla con una obligación pendiente ó algún gravamen o carga económica que asumió el propietario. Es importante aclarar, que a diferencia del certificado de tradición y libertad de un bien inmueble, en el caso de un vehículo, el certificado y sus copias solo pueden ser solicitados por el propietario del vehículo o por un tercero que de manera presencial demuestre que está debidamente autorizado por un poder general o especial.
  • Solicitar la revisión técnica en identificación de automotores, para que emitan el certificado de originalidad, legalidad y procedencia luego de verificar que los números de serie del chasis, motor y demás características del vehículo coinciden desde su matrícula inicial con la documentación presentada. Para ello, se deberá presentar el vehículo junto con todos los requisitos en la sala técnica de identificación de automotores correspondiente a la ciudad donde se va a realizar el trámite.
  • Comparar los precios de otros vehículos en venta, y así tener más opciones a la hora de comprar.
  • Validar en la página web de la Secretaría de Hacienda que los impuestos que recaen sobre el vehículo han sido pagados, de lo contrario, no se podrá realizar el trámite.
  • Pagar solamente con cheque de gerencia, el cual debe entregar al vendedor en el momento de la firma de la escritura pública de compraventa.
  • Registrar la escritura pública de compraventa lo antes posible, en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM), teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
    • Tanto el vendedor como el comprador deben estar inscritos en el sistema Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual contiene información sobre todos los vehículos en el país, todos los conductores autorizados, así como, todos los accidentes o infracciones de tránsito que han sido procesados y sus respectivos comparendos, entre otros datos de interés.
    • El SOAT y la revisión técnico mecánica deben estar vigentes y además deben estar debidamente incorporadas en el sistema RUNT.
    • Tanto el comprador como el vendedor deben estar al día con el pago de sus comparendos por infracciones de tránsito.
    • Si el vehículo está a nombre de una persona jurídica, quien esté autorizado para realizar el trámite deberá aportar una copia del Certificado de existencia y representación legal de la empresa la cual no podrá exceder de treinta (30) días de vigencia.
    • Si el vendedor o el comprador están representados por otra persona, éstas deberán presentar el documento legal que los autorice, es decir, un poder general o especial. Dichas personas también deberán estar registradas en el sistema RUNT.
    • En caso especial de que imposible tomar las improntas debido a su difícil acceso, se podrá presentar una certificación de revisión técnica en identificación de automotores realizada por la DIJIN o por una autoridad policial competente.

Tenga en cuenta.

  • Siempre que las placas correspondan a la ciudad de Bogotá el trámite para el traspaso de la propiedad del vehículo se podrá realizar en cualquiera oficina de tránsito de la localidad, pero si las placas son de otra ciudad, entonces el trámite se deberá realizar en la oficina donde se matriculó el vehículo.

Contenido relacionado.

QUE ES LA DACION EN PAGO

Al escuchar y leer la palabra dacion en pago, inmediatamente, la asimilamos con la palabra dar y, para relacionarla con la pregunta que figura como título del presente artículo, es factible decir que se trata de dar algo en forma de pago. Internándose en el tema del...

read more

RESOLUCION 0451-TARIFAS NOTARIALES 2017

    RESOLUCION 0451-TARIFAS NOTARIALES 2017 20   ENE 2017 "Por la cual se reajustan las tarifas de los derechos por concepto  del ejercicio  de la función  notarial" EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO y REGISTRO, En ejercicio  de las facultades  conferidas  en...

read more

TARIFAS REGISTRALES 2017

RESOLUCIÓN No. 0450 20  ENE 2.017 "Por la cual se fijan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral”   EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de las facultades conferidas por el articulo 74 de la Ley 1579 de 2012,  y el numeral 13°...

read more

¿CÓMO CANCELAR EL PATRIMONIO DE FAMILIA?

El Patrimonio de Familia (puede conocer más sobre el Patrimonio de Familia dando click aquí) es una figura que ayuda a proteger una propiedad de embargos y medidas cautelares. Por lo general se utiliza en las familias con menores de edad o personas discapacitadas,...

read more

PATRIMONIO DE FAMILIA

Se piensa en Patrimonio de familia como la posibilidad de proteger una propiedad de medidas cautelares como: embargos, secuestros o remates; gracias a su inembargabilidad. Para constituir un Patrimonio de familia, es necesario que la persona interesada sea la...

read more

CONTRATO DE DONACIÓN

La DONACIÓN es un contrato en el que una persona le transfiere un bien mueble o inmueble a otra bajo el común acuerdo y de manera gratuita, El Código Civil define las donaciones en su artículo 1443 de la siguiente manera: “Acto por el cual una persona transfiere,...

read more

CONTRATO DE PERMUTA

Cuando se habla del Contrato de Permuta lo primero que se viene a la mente es el intercambio de una cosa por otra, pero este contrato tiene más connotaciones jurídicas de las que se piensa. EL Código Civil Colombiano lo regula, específicamente, en los artículos 1955 a...

read more

MENSAJE PARA AÑO NUEVO

Regalos, comida, fiesta, novena, familia, luces, velas, pólvora, paseo, primos, amigos, alegría, líneas congestionadas, nostalgia por las navidades anteriores, felicidad. Si pensamos sobre lo que llega con la navidad y el año nuevo tendríamos un listado interminable...

read more

GARANTÍA PRENDARIA Y GARANTÍA HIPOTECARIA

Tanto la Prenda como la Hipoteca son garantías reales que se ofrecen a la hora de asumir una obligación, con el fin de brindar seguridad al acreedor de que la deuda que se haya adquirido será cancelada o, si por el contrario, el deudor incumple, el acreedor pueda...

read more
Ir al contenido