¿Qué es mérito ejecutivo?
El mérito ejecutivo es una cualidad que se le atribuye a aquel documento que contiene una obligación, que al ser incumplida por su deudor o causante se constituye como una prueba plena que permite que ésta pueda ser ejecutada o exigida judicialmente. Por lo tanto, se considera que un documento presta mérito ejecutivo cuando permite que la obligación, contenida en el, pueda ser exigida por vía judicial.
Cuando efectivamente ese documento presta mérito ejecutivo estaremos en presencia de un título ejecutivo, es decir, aquel documento que contiene una obligación cuyo cumplimiento puede ser perseguido judicialmente. Esta figura jurídica encuentra cabida en el artículo 422 del Código General del Proceso: “Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. La confesión hecha en el curso de un proceso no constituye título ejecutivo, pero sí la que conste en el interrogatorio previsto en el artículo 184”.
De lo anterior, se desprenden las siguientes características que permiten que un documento contemple dicha cualidad:
1.- La obligación que esté contenida en el documento debe ser:
a.- Expresa: por cuanto, se debe plasmar en el documento quienes intervienen, la obligación que se asume, el monto objeto de cumplimiento, las condiciones y el plazo en el cual debe cumplirse la obligación.
b.- Clara: refiriéndose a que no puede haber dudas sobre la naturaleza de la obligación o de cuáles serían los requisitos y plazos para cumplirla. La obligación debe ser apreciada fácilmente; y,
c.- Exigible: será exigible una vez pasado el plazo o condición de vencimiento de la obligación sin que se haya sido cumplida.
2.- Que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él: se entiende que el documento que preste mérito ejecutivo debe provenir solamente del deudor o del causante de la obligación, y en ningún caso, será admisible el documento emitido por una persona distinta a ellos. Para que el documento constituya plena prueba es necesario que este sea pertinente o conducente, es decir, que sea el adecuado para demostrar un hecho o un acto jurídico concreto.
Además de aquellos documentos que provengan del deudor, prestarán mérito ejecutivo las obligaciones que:
.- Emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial.
.- O de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia.
.- La contestación del interrogatorio previsto en el artículo 184 del Código General del Proceso.
-. Y los demás documentos que señale la ley, siendo algunos de esos documentos los siguientes:
.- Facturas de venta.
.- Letras de cambio.
.- Pagarés.
.- Cheques.
.- Contratos de arrendamiento (ver artículo ¿El contrato de arrendamiento presta mérito ejecutivo?).
.- Contratos de compraventa.
.- Contratos de suministros.
.- Promesas de compraventa.
.- El artículo 828 del Estatuto Tributario, precisa los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor de la administración tributaria.
.- El artículo 99 de la Ley 1437 de 2011, establece los documentos que prestan mérito ejecutivo a favor del estado.
Un determinado documento tendrá mérito ejecutivo no por la voluntad de quienes lo suscriben, sino por el hecho de reunir las características indicadas en la ley y que básicamente se reducen a que recoja una obligación clara, expresa y exigible.
SISBEN INGRESO SOLIDARIO
A finales de agosto y comienzos del mes de septiembre de este año, se otorgará el subsidio del Programa Ingreso Solidario encaminado a favorecer a hogares en condición de pobreza, pobreza extrema y en condición de vulnerabilidad económica. Este subsidio por...
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
En la Notaría 19 de Bogotá podrá encontrar una infinidad de temas de su interés, como por ejemplo, qué tipo de sociedades mercantiles existen en Colombia, cuáles son los requisitos y procedimientos para su constitución o qué derechos tienen y cuales son las...
CREDITO HIPOTECARIO
Son muy pocas las personas que tienen la capacidad de comprar una vivienda de contado, es decir, pagar en una única cuota la totalidad del precio, la mayoría no cuenta con el dinero suficiente pero si tienen ahorros y un salario estable, y ¿si a esos ahorros y a ese...
FIRMA ELECTRONICA
A medida que los servicios digitales ciudadanos se van implementando en todas las áreas de la administración pública o con funciones públicas como es el caso de las notarías o curadurías, será más frecuente el uso de estos medios electrónicos con el propósito de...
REDUCCION DE LA JORNADA LABORAL
Después de varias discusiones sobre la conveniencia o no de establecer legalmente la reducción de la jornada laboral de 48 horas semanales a 42 horas a la semana, por fin, la plenaria del Senado de la República dio vía libre a la propuesta presentada por el exsenador...
SUBSIDIOS FRECH NO VIS
Así como en reciente artículo tratamos el tema de los subsidios Frech VIS para vivienda, con el presente artículo haremos una breve descripción sobre los subsidios Frech que no van dirigidos a Vivienda de Interés Social. ¿Qué es el subsidio Frech no VIS? Es un...
PARTIDA DE BAUTISMO
¿Qué es la Partida de Bautismo? La partida de bautismo es un documento Eclesiástico donde se encuentran consignados los nombres y apellidos completos de la persona a quien bautizaron, lugar y fecha de nacimiento, nombres de sus padres y de los abuelos maternos...
SUBSIDIO DE VIVIENDA FRECH 2021
Los que tienen un crédito hipotecario, VIS o no VIS, o los que están recopilando la información para adquirir vivienda saben de qué se trata este subsidio, pero para los que no es así, publicamos el siguiente artículo. ¿Qué es el subsidio Frech? Con la Ley de...
PAGAR A LA DIAN
En un anterior artículo de la Notaría 19, se habló sobre algunas formas a las que pueden recurrir las personas naturales y jurídicas para ponerse al día con sus acreedores, y se refería explícitamente a dos alternativas: Declararse en insolvencia para persona natural...
EMBARGO Y REMATE DE LA NUDA PROPIEDAD
Cuando escuchamos que existe la posibilidad que nos embarguen una propiedad un escalofrío recorre todo nuestro cuerpo, pero si va acompañada de la palabra remate hasta podemos desmayarnos con la noticia. El tema de este artículo es si puede existir embargo y remate de...


