Desde el año 1988, los herederos  tienen además de la vía judicial, la instancia notarial para llevar a cabo el proceso sucesoral. Quisimos concentrarnos a analizar exclusivamente los requisítos del poder especial para adelantar la correspondiente liquidación de herencia, ante Notario, toda vez que este tiene unas formalidades y características muy especiales.

El Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989 establece en su artículo Primero, inciso tercero, que cuando los bienes relictos no superen la mínima cuantía, no se requiere de apoderado y pueden los herederos adelantar directamente el proceso, presentando y suscribiendo la solicitud con todos los requisitos que ordena la ley. ( articulo 2. Decreto 1729 de 1989).

Lo anterior significa que si el proceso se adelanta mediante apoderado, el poder especial que los herederos confieren a aquel, debe contener las formalidades que trae la solicitud, a saber:

  1. Nombre y vecindad de los herederos.
  2. Indicación del interés que les asiste
  3. Nombre y último domicilio del causante
  4. Manifestación de si se acepta la herencia pura y simple o con beneficio de inventario, si es heredero.
  5. Afirmar bajo la gravedad del juramento que no conocen otros interesados de igual o mejor derecho del que ellos tienen
  6. Que no saben de la existencia de otros legatarios o acreedores distintos de los relacionados en el poder.
  7. Si al causante le sobrevive el cónyuge y la sociedad conyugal no está liquidada, debe comparecer con los herederos en el poder.

Cabe anotar que este poder debe contener también los requisitos generales de todo poder especial. Tales como son el número de identificación, estado civil, situación de la sociedad conyugal o marital, etc. Para el caso específico de la liquidación de herencia es recomendable facultar al apoderado para suscribir la escritura pública  con la cual queda solemnizada la partición y adjudicación de la herencia y liquidación de sociedad conyugal si hubiere lugar. Igualmente para que suscriba escrituras de aclaración o adición. De otra manera, hay que conferir de nuevo poder especial  para estos efectos.

Se quiere llamar la atención, porque con frecuencia se observa que  el abogado mandatario  afirma bajo la gravedad del juramento en la solicitud, hechos que no le constan  y que no quedaron expresados en el poder. Tales como el estado civil del causante, la situación de la sociedad conyugal,  la no  existencia de más herederos, de  acreedores o legatarios entre otros hechos  etc.

En resumen,  cuando se adelanta el proceso de sucesión por la vía notarial, a través de apoderado, el poder especial debe contener además de los requisitos generales de todo poder, los requisitos específicos que se relacionan en la solicitud. (articulo 2, decreto 1729 de 1989).

Martha Isabel Acevedo Prada.

COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO

El contrato de compraventa es muy importante para el derecho civil y comercial,  con características particulares que hemos explicado en anteriores artículos y estipulación de cláusulas que generan obligaciones para las partes y previene e indemniza los perjuicios...

read more

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL

Mucho se ha hablado sobre la conciliación, mucho se ha escrito sobre ella, por lo que en el artículo de hoy trataremos el tema de la conciliación extrajudicial y de cómo se exige como requisito de procedibilidad en  algunos procesos.   ¿Qué es la conciliación...

read more

EL ALBACEA

Dentro del extenso tema de las sucesiones, dentro de las partes intervinientes, se encuentra la figura del albacea, por lo que en el presente artículo trataremos sus funciones y su importancia, entre otros aspectos más.   ¿Qué es un albacea? “Persona encargada...

read more

PACTO DE RETROVENTA

En el contrato de compraventa se pueden estipular distintas cláusulas que les permita a las partes llegar a un acuerdo totalmente satisfactorio para ambas, por lo cual trataremos el Pacto de Retroventa, explicaremos en qué consiste, cuál es su objetivo, qué derechos...

read more

CARPETA CIUDADANA DIGITAL

En anterior artículo nos referimos a la Autenticación Digital Ciudadana, explicamos en qué consiste, cuál es su finalidad, cómo es su proceso, entre otros. Hoy nos corresponde tratar sobre lo que es la Carpeta Ciudadana Digital, servicios de los cuales muchas personas...

read more

IMPUGNACION DE TESTAMENTO

Desafortunadamente, en frecuentes ocasiones, los temas de dinero traen discusiones entre amigos y familiares, y uno de ellos es el acto jurídico del Testamento con el que algún o algunos herederos no están conformes y acuden a la impugnación de testamento, tema que...

read more

AUTENTICACION DIGITAL CIUDADANA

La vida actual está llena de tecnología y eso causa que las empresas y el Gobierno se vean en la necesidad de sistematizar sus servicios para acelerar los procesos y trámites, por lo cual, hoy, nos referiremos a la autenticación digital ciudadana que nos permite...

read more

PACTO COMISORIO

  ¿Qué es el Pacto Comisorio? “El Pacto Comisorio  es aquel que permite al acreedor, ante el incumplimiento del deudor, practicar el comiso o apropiación directa e inmediata de la cosa que se halla especialmente vinculada en garantía del cumplimiento de la...

read more

NACIONALIDAD

El término nacionalidad  aparece frecuentemente en muchos de los formularios que debemos diligenciar para la realización de algunas actuaciones, pero se encuentra conformada por muchos aspectos que no son muy conocidos,   por lo que en  el artículo de hoy  haremos una...

read more

CONTRATO DE SEGURO

La gran mayoría de personas hemos tenido algún contrato de seguro como de accidentes personales, de vehículo, de vida, el SOAT, exequial, entre otros más, por lo que en nuestro tema de hoy haremos un resumen de lo que es este seguro, los riesgos a asegurar, etc. ¿Qué...

read more
Ir al contenido