TESTAMENTO CERRADO

by | Dic 22, 2020 | BLOG, TESTAMENTO | 0 comments

La otra modalidad de testamento que se puede realizar ante un Notario es el testamento cerrado, que si bien cumple con el mismo fin del testamento abierto, es decir, disponer de bienes y cumplir con la última voluntad del testador, tiene sus propias características.

¿Qué es el testamento cerrado?

Es aquella modalidad donde el contenido del testamento permanece en secreto hasta el día de su apertura, la información solo es conocida por el testador así que ni el Notario ni los testigos requeridos para celebrar el acto conocen las disposiciones y últimas voluntades de este.

Requisitos para tramitar un testamento cerrado.

  • Como requisitos fundamentales, el testador debe informar:
    • Sus datos personales.
    • Su voluntad expresa de realizar el trámite.
    • Y cualquier otra información que le sea solicitada por el Notario.
  • Se requiere de cinco (5) testigos para celebrar el acto.
  • El testador y los cinco testigos deben presentar sus respectivos documentos de identidad.
  • El testamento deberá estar guardado en un sobre debidamente cerrado.
  • Queda a criterio del Notario, solicitar al testador un certificado médico de lucidez y aptitud mental que demuestre su plena capacidad para realizar el acto.

Procedimiento para tramitar un testamento cerrado.

Ya con los requisitos en mano:

  • El testador deberá acudir a la Notaría de su preferencia para tramitar su testamento cerrado. 
  • Los cinco testigos también harán acto de presencia y estos no podrán tener vínculos familiares entre sí, tampoco con el testador o con el Notario.
  • Los testigos no podrán tener ningún tipo de relación de dependencia con el testador o con el Notario.
  • El testador deberá presentar directamente el sobre al Notario. El sobre deberá estar identificado con la palabra “Testamento”.
  • El testador tiene la facultad de colocar o grabar cualquier signo o marca en la superficie del sobre como señal de seguridad.
  • El sobre quedará bajo el resguardo del Notario hasta el día de su apertura, quien lo guardará en una ubicación especial. 
  • El Notario deberá anotar los datos del testamento en el registro correspondiente.
  • El acto se termina con la firma del testador, de los cinco testigos y el Notario en el respectivo registro.
  • Si el testador se encuentra imposibilitado para firmar, éste podrá solicitar que otra persona firme en su representación, pero él deberá colocar su huella dactilar en el documento. Si es uno de los testigos quien no puede firmar, igualmente se solicitará que otra persona lo haga en su representación. Cabe acotar, de estos hechos y de cualquier otro que se suscite se dejará constancia en el registro correspondiente.

Casos especiales.

  • Hay personas que por disposición de la ley sólo pueden realizar testamentos cerrados, como lo sería una persona sordomuda que solo puede darse a entender por escrito y una persona que siendo extranjera no entienda el idioma nativo del Notario y de los testigos.

Datos de interés.

  • Abogado: no es necesario para tramitar el testamento porque se trata de un derecho que es personal e intransferible, es decir, no se puede realizar un testamento a través de un apoderado. Sin embargo, como el documento es privado y de su contenido nada sabe el Notario, los testigos ni ninguna otra persona, si es prudente contar con la asesoría de un abogado especializado en la materia para que proporcione una orientación adecuada y así el documento sea redactado sin lesionar alguno de los derechos que protege la ley para este tipo de actos.
  • Duración del trámite: dependerá de las condiciones de cada caso y de la disponibilidad de las partes intervinientes.
  • Costo del trámite: genera costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.

Tenga en cuenta.

  • De los cinco testigos, al menos dos de ellos deben tener su domicilio en la misma circunscripción de la Notaría. Y al menos dos de los cinco deben saber leer y escribir.
  • El testamento siempre debe respetar las asignaciones forzosas, es decir, aquellas deducciones que por ley se le deben hacer al patrimonio que se pretende heredar. En caso de que el testador no las haga, se efectuarán sin importar lo que se haya establecido en el testamento. 
  • Las asignaciones forzosas son: los alimentos que se deben por ley a ciertas personas, las legítimas y la porción conyugal a la que tiene derecho la esposa, el esposo, la compañera permanente o el compañero permanente que le sobreviva a la persona que haga el testamento. Anteriormente, dentro de las asignaciones forzosas también se incluía la cuarta de mejoras pero eso cambió por disposición del artículo 2 de la Ley 1934 de 2018, para ampliar la información sobre este tema lo invitamos a consultar nuestra publicación “¿Qué es la cuarta de mejoras y de libre disposición?”.

Contenido relacionado.

FAMILIA MULTIESPECIE

Hemos conocido la familia como el núcleo de la sociedad, compuesta por la pareja y los hijos que hay o llegarán a tener, pero, actualmente, se está viviendo un boom a nivel mundial donde las mascotas son consideradas como parte integral de la familia.   ¿Qué es...

read more

CONTRATO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO

Las personas durante el transcurso de su vida celebran distintos contratos sin conocer el nombre legal del mismo y sin tener en cuenta sus reglas específicas, ejemplo de esto es el contrato de comodato o préstamo de uso del cual hablaremos a continuación.   ¿Qué...

read more

EVASION DEL PAGO A SEGURIDAD SOCIAL

El tema de la evasión del pago a la seguridad social atenta contra la calidad de vida de los ciudadanos porque deja a algunos sin derecho a usar el sistema de salud, sin hacer los aportes correspondientes a pensión y sin acceso al sistema de riesgos laborales, por...

read more

RENUNCIA MOTIVADA

Hay situaciones o circunstancias  en la empresa o por parte de los jefes que “obligan” a un trabajador a presentar una renuncia motivada, conocido también como despido indirecto o auto despido, tema que trataremos a continuación.   ¿Qué es la renuncia motivada?...

read more

DEPOSITO DE ARRENDAMIENTO

  El arrendamiento es uno de los contratos más usados y conocido por las personas, pues no todos tienen la fortuna de adquirir vivienda propia, pero está sometido a las exigencias legales y requisitos que los propietarios o inmobiliarias solicitan al momento de...

read more

NO VALIDEZ NOTARIAL DEL REGISTRO CIVIL EN LINEA

NO VALIDEZ NOTARIAL DEL REGISTRO CIVIL EN LINEA Recientemente la Registraduría Nacional de nuestro país anunció que habilitaría un enlace en su página web para que los usuarios, sin que tengan que trasladarse desde su domicilio,  pudieran descargar el Registro Civil...

read more

CONTRATO DE LEASING

En el sistema financiero escuchamos hablar sobre el contrato de leasing y algunas de sus modalidades más usadas, pero de las cuales no tenemos mayor claridad, por lo que éste será el tema del presente artículo.   ¿Qué es el  contrato de leasing?   El leasing...

read more

ACCION RESTITUTORIA

Continuando con el tema de las acciones y procesos que la ley nos brinda para reclamar nuestros derechos de manos de otra persona, hoy exponemos la acción restitutoria.   ¿Qué es restituir?   Señala el Diccionario de la Lengua Española que la restituir es:...

read more

PROPIEDAD PROINDIVISO

Un problema que se presenta frecuentemente entre las familias, generalmente,  se da cuando varios de sus miembros son propietarios del mismo inmueble, es lo que se denomina propiedad proindiviso, tema del presente artículo.   ¿Qué es una propiedad proindiviso?...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido