En la publicación “Contrato de compraventa de vehículo” desarrollamos ítems como la definición de la compraventa de un vehículo, los requisitos que deben cumplir para realizar el trámite ante la Notaría 19 de Bogotá y algunas recomendaciones que son de vital importancia, sin embargo, hay más contenido que deseamos agregar al tema y es por eso que en esta ocasión le traemos otros consejos para comprar vehiculo que le serán de mucha utilidad y le ayudarán a complementar la información anterior.
Recomendaciones.
Para que la compra de ese carro o moto que tanto desea no se le vuelva un verdadero dolor de cabeza, la primera recomendación que le damos es acudir a un mecánico de confianza para que éste revise cuidadosamente el estado del vehículo, pero además, también le aconsejamos lo siguiente:
- Solicitar el certificado tradición y libertad, para conocer todas las características del vehículo, como por ejemplo: su actual propietario y el historial de propietarios de ser el caso, las limitaciones a su dominio que eviten que el propietario pueda hacer uso, goce y disposición de él, medidas cautelares que prohíban venderlo hasta que el propietario no cumpla con una obligación pendiente ó algún gravamen o carga económica que asumió el propietario. Es importante aclarar, que a diferencia del certificado de tradición y libertad de un bien inmueble, en el caso de un vehículo, el certificado y sus copias solo pueden ser solicitados por el propietario del vehículo o por un tercero que de manera presencial demuestre que está debidamente autorizado por un poder general o especial.
- Solicitar la revisión técnica en identificación de automotores, para que emitan el certificado de originalidad, legalidad y procedencia luego de verificar que los números de serie del chasis, motor y demás características del vehículo coinciden desde su matrícula inicial con la documentación presentada. Para ello, se deberá presentar el vehículo junto con todos los requisitos en la sala técnica de identificación de automotores correspondiente a la ciudad donde se va a realizar el trámite.
- Comparar los precios de otros vehículos en venta, y así tener más opciones a la hora de comprar.
- Validar en la página web de la Secretaría de Hacienda que los impuestos que recaen sobre el vehículo han sido pagados, de lo contrario, no se podrá realizar el trámite.
- Pagar solamente con cheque de gerencia, el cual debe entregar al vendedor en el momento de la firma de la escritura pública de compraventa.
- Registrar la escritura pública de compraventa lo antes posible, en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM), teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
- Tanto el vendedor como el comprador deben estar inscritos en el sistema Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual contiene información sobre todos los vehículos en el país, todos los conductores autorizados, así como, todos los accidentes o infracciones de tránsito que han sido procesados y sus respectivos comparendos, entre otros datos de interés.
- El SOAT y la revisión técnico mecánica deben estar vigentes y además deben estar debidamente incorporadas en el sistema RUNT.
- Tanto el comprador como el vendedor deben estar al día con el pago de sus comparendos por infracciones de tránsito.
- Si el vehículo está a nombre de una persona jurídica, quien esté autorizado para realizar el trámite deberá aportar una copia del Certificado de existencia y representación legal de la empresa la cual no podrá exceder de treinta (30) días de vigencia.
- Si el vendedor o el comprador están representados por otra persona, éstas deberán presentar el documento legal que los autorice, es decir, un poder general o especial. Dichas personas también deberán estar registradas en el sistema RUNT.
- En caso especial de que imposible tomar las improntas debido a su difícil acceso, se podrá presentar una certificación de revisión técnica en identificación de automotores realizada por la DIJIN o por una autoridad policial competente.
Tenga en cuenta.
- Siempre que las placas correspondan a la ciudad de Bogotá el trámite para el traspaso de la propiedad del vehículo se podrá realizar en cualquiera oficina de tránsito de la localidad, pero si las placas son de otra ciudad, entonces el trámite se deberá realizar en la oficina donde se matriculó el vehículo.
Contenido relacionado.
PACTO DE SOCIOS O ACUERDO DE ACCIONISTAS
El pacto de socios o acuerdo de accionistas permite establecer reglas claras sobre la participación, las decisiones y la salida de los integrantes de una empresa. Aunque no es obligatorio en todos los casos, puede prevenir conflictos y proteger los intereses de...
NOTARIAS DEBEN REPORTAR ESCRITURAS DE GESTACION SUBROGADA
La Superintendencia de Notariado y Registro solicitó a las notarías del país identificar las escrituras públicas y actuaciones referentes a la gestación por sustitución hechas desde el 1 de enero de 2019, con lo cual se busca recopilar información sobre estos actos,...
REFORMA TRIBUTARIA DE BOGOTA
La reforma tributaria de Bogotá impulsada por el alcalde Carlos Fernando Galán fue aprobada por el Concejo de Bogotá bajo el nombre de “Acuerdo por una Ciudad Inteligente". La iniciativa contempla cambios en impuestos distritales, incentivos para la inversión, ...
DESGASTE DE LAS HUELLAS DACTILARES
En la Notaría 19, algunos usuarios han manifestado dificultades para registrar sus huellas dactilares en los documentos que lo requieren. Esta situación, conocida como desgaste de las huellas dactilares, afecta especialmente a algunos adultos mayores y puede...
SOLICITAN APLAZAR LA REFORMA PENSIONAL
El Gobierno Nacional y Colpensiones solicitaron a la Corte Constitucional modificar el calendario para poner en marcha la Ley 2381 de 2024, por motivos presupuestales y operativas, por lo que la vigencia de la reforma pensional en Colombia podría aplazarse un año;...
OBLIGACIONES DE NO HACER
Las obligaciones no siempre consisten en entregar algo o realizar una actividad. En algunos casos, una persona se compromete a abstenerse de determinada conducta o a permitir que otra realice una actividad. Estas son las obligaciones de no hacer, cuyo incumplimiento...
OBLIGACIONES DE HACER
Las obligaciones no siempre consisten en dar dinero o bienes, pues, en muchos casos, una persona se compromete a realizar una actividad o ejecutar una obra en favor de otra y éstas son las obligaciones de hacer, cuyo cumplimiento puede exigirse judicialmente cuando...
FIDUCIARIAS DEBEN INDEMNIZAR POR INCUMPLIMIENTOS
Las sociedades fiduciarias deben indemnizar por incumplimientos de las obligaciones legales y contractuales que asumen. Cuando su incumplimiento impide hacer efectiva una garantía y ocasiona perjuicios a los acreedores, pueden ser condenadas a indemnizarlos, tal como...
AHORA ES MAS FACIL CANCELAR UN PLAN DE CELULAR
Ahora es más fácil cancelar un plan de celular (plan de datos) en Colombia y se elimina el penoso trámite de tener que realizar una cadena de llamadas al respectivo operador, escuchar previamente las distintas ofertas comerciales y ya no tener que realizar trámites...
NO MAS MOTOS BULLOSAS
Las motocicletas con exostos modificados pueden ocasionar molestias a algunas personas por el ruido excesivo que hacen. Para enfrentar este problema, Colombia cuenta con normas de tránsito, ambientales y de convivencia que permiten intervenir cuando se incumplen las...

