En la publicación “Contrato de compraventa de vehículo” desarrollamos ítems como la definición de la compraventa de un vehículo, los requisitos que deben cumplir para realizar el trámite ante la Notaría 19 de Bogotá y algunas recomendaciones que son de vital importancia, sin embargo, hay más contenido que deseamos agregar al tema y es por eso que en esta ocasión le traemos otros consejos para comprar vehiculo que le serán de mucha utilidad y le ayudarán a complementar la información anterior.
Recomendaciones.
Para que la compra de ese carro o moto que tanto desea no se le vuelva un verdadero dolor de cabeza, la primera recomendación que le damos es acudir a un mecánico de confianza para que éste revise cuidadosamente el estado del vehículo, pero además, también le aconsejamos lo siguiente:
- Solicitar el certificado tradición y libertad, para conocer todas las características del vehículo, como por ejemplo: su actual propietario y el historial de propietarios de ser el caso, las limitaciones a su dominio que eviten que el propietario pueda hacer uso, goce y disposición de él, medidas cautelares que prohíban venderlo hasta que el propietario no cumpla con una obligación pendiente ó algún gravamen o carga económica que asumió el propietario. Es importante aclarar, que a diferencia del certificado de tradición y libertad de un bien inmueble, en el caso de un vehículo, el certificado y sus copias solo pueden ser solicitados por el propietario del vehículo o por un tercero que de manera presencial demuestre que está debidamente autorizado por un poder general o especial.
- Solicitar la revisión técnica en identificación de automotores, para que emitan el certificado de originalidad, legalidad y procedencia luego de verificar que los números de serie del chasis, motor y demás características del vehículo coinciden desde su matrícula inicial con la documentación presentada. Para ello, se deberá presentar el vehículo junto con todos los requisitos en la sala técnica de identificación de automotores correspondiente a la ciudad donde se va a realizar el trámite.
- Comparar los precios de otros vehículos en venta, y así tener más opciones a la hora de comprar.
- Validar en la página web de la Secretaría de Hacienda que los impuestos que recaen sobre el vehículo han sido pagados, de lo contrario, no se podrá realizar el trámite.
- Pagar solamente con cheque de gerencia, el cual debe entregar al vendedor en el momento de la firma de la escritura pública de compraventa.
- Registrar la escritura pública de compraventa lo antes posible, en los Servicios Integrales para la Movilidad (SIM), teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
- Tanto el vendedor como el comprador deben estar inscritos en el sistema Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el cual contiene información sobre todos los vehículos en el país, todos los conductores autorizados, así como, todos los accidentes o infracciones de tránsito que han sido procesados y sus respectivos comparendos, entre otros datos de interés.
- El SOAT y la revisión técnico mecánica deben estar vigentes y además deben estar debidamente incorporadas en el sistema RUNT.
- Tanto el comprador como el vendedor deben estar al día con el pago de sus comparendos por infracciones de tránsito.
- Si el vehículo está a nombre de una persona jurídica, quien esté autorizado para realizar el trámite deberá aportar una copia del Certificado de existencia y representación legal de la empresa la cual no podrá exceder de treinta (30) días de vigencia.
- Si el vendedor o el comprador están representados por otra persona, éstas deberán presentar el documento legal que los autorice, es decir, un poder general o especial. Dichas personas también deberán estar registradas en el sistema RUNT.
- En caso especial de que imposible tomar las improntas debido a su difícil acceso, se podrá presentar una certificación de revisión técnica en identificación de automotores realizada por la DIJIN o por una autoridad policial competente.
Tenga en cuenta.
- Siempre que las placas correspondan a la ciudad de Bogotá el trámite para el traspaso de la propiedad del vehículo se podrá realizar en cualquiera oficina de tránsito de la localidad, pero si las placas son de otra ciudad, entonces el trámite se deberá realizar en la oficina donde se matriculó el vehículo.
Contenido relacionado.
VECINOS NO PUEDEN PROHIBIR QUIEN PUEDE VIVIR EN LA P.H.
Vivir en un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal implica cumplir reglas que garanticen la seguridad, la convivencia y el adecuado uso de los bienes comunes y privados, pero, como ya lo hemos manifestado en anteriores artículos, estas tienen...
ATRASO EN EL PAGO DEL ARRIENDO
El atraso en el pago del arriendo dentro del plazo establecido en el contrato es una de las principales obligaciones del arrendatario y, a su vez, una de las causales por las que más se presentan inconvenientes legales entre las partes. Por ello, cuando el pago se...
ASIGNACION MODAL
La asignación modal es una figura del derecho sucesoral por la cual una persona, generalmente a través de su testamento, asigna un bien o derecho a otra persona, pero dispone que deberá destinarlo a un fin determinado o cumplir una carga específica, por lo que en...
EJECUCION ESPECIAL DE GARANTIAS MOBILIARIAS ANTE NOTARIO
Tal como lo dijimos en anterior artículo, las garantías mobiliarias son un mecanismo que sirve para respaldar el cumplimiento de una obligación mediante bienes muebles, derechos u otros activos susceptibles de ser dados en garantía, pero cuando la obligación...
LAS HIJUELAS EN UNA HERENCIA
Cuando una persona fallece y se inicia el trámite de la liquidación de su herencia, no es suficiente con identificar los bienes que dejó, sino que, asimismo, se requiere establecer quiénes tienen derecho a recibirlos, cuáles son las cuotas hereditarias y qué...
GARANTIAS MOBILIARIAS
Así como algunos actos jurídicos se pueden respaldar con bienes inmuebles (por ej. la hipoteca), existen las garantías mobiliarias para respaldar el cumplimiento de una obligación a través de determinados bienes muebles, derechos u otros activos, por lo que en nuestro...
TENENCIA Y PORTE DE ARMAS
El régimen legal colombiano sobre armas de fuego diferencia entre tenencia y porte, y exige autorización de la autoridad militar respectiva. Esta regulación adquirió especial importancia con la expedición del Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, mediante el...
CUANDO ES POSIBLE LA EUTANASIA
La eutanasia es una de las cuestiones más sensibles del derecho y de la medicina en el mundo y en nuestro país también. El derecho a morir dignamente ha sido reconocido como un derecho fundamental y su ejercicio está sujeto a condiciones y garantías destinadas a...
FONDO DE IMPREVISTOS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Hemos tratado distintos temas relacionados con la propiedad horizontal y en el día de hoy hablaremos sobre el fondo de imprevistos que debe constituirse, por regla general, en los edificios y conjuntos residenciales sometidos al régimen de la Ley 675 de 2001, un...
NUEVAS MEDIDAS EN ARRENDAMIENTO Y EN PROPIEDAD HORIZONTAL
El Gobierno Nacional expidió el Decreto Legislativo 1423 del 17 de septiembre de 2026, mediante el cual adoptó medidas extraordinarias y transitorias relacionadas con el tema de arrendamiento y propiedad horizontal, por causa de los efectos ocasionados por el...

