¿Se ha generado algún cambio con el cumplimiento de la Ley Antitramites?
SÍ. El Departamento de Función Pública reveló el balance del primer año de la ley anti trámites que, según las cuentas oficiales, ha generado ahorros a los ciudadanos por $38.229 millones.
Con la pandemia la Ley 2052 de 2020, actual ley antitramites, ha cobrado valor frente a las diligencias que se tienen que realizar ante el poder público.
¿Es la primera ley que se expide para disminuir trámites?
NO, pues la Carta Política consagra el principio de buena fe y los principios de la función administrativa. También existen normas encaminadas de forma expresa a suprimir trámites y hacer más eficaces los mismos como el Decreto 2150 de 1995, la Ley 962 de 2005 y el Decreto Ley 019 de 2012, entre otras más.
Una apuesta nacional fuerte que tiene la ley es la implementación de los servicios ciudadanos digitales, llevando la tecnología a un nivel mayor en medida de la autenticación de los ciudadanos ante las entidades en materia de firmas, trámites e intercambio de información.
El objetivo es que cuando se tenga montada la plataforma sólo se autentique de una sola manera ante cada entidad. Un ejemplo, si uno tiene un trámite ante la Dian hay que tener la firma digital con ellos, al igual que un código. Pero si uno va a entrar a la ventanilla única de comercio exterior, se requiere otro usuario, contraseña, mecanismo de autenticación y de firma.
¿Cómo se presenta la realidad vs. la teoría?
Tomemos como ejemplo a las notarías, pues éstas cumplen funciones públicas y deben integrarse para la implementación de trámites y procedimientos administrativos “sencillos, ágiles, coordinados y modernos”.
Ha transcurrido más de un año desde la promulgación del Decreto 2106 y todos los organismos, entidades y personas de la Administración Pública, y los particulares que cumplan funciones administrativas o públicas, deberían estar registradas en el Sistema Único de Información de Trámites -SUIT-, como primer paso para agilizar procesos y evitar procedimientos, pero no es así, pues se siguen exigiendo algunos documentos que reposan en bases de datos.
¿Se han cumplido los propósitos de la ley antitramites?
Algunos sí y otros no, porque algunas autoridades siguen exigiendo documentación para cumplir con los requisitos de X o Y trámite, a pesar que dicha información requerida debería ser consultada por estas en el SUIT.
La última ley antitramites exime a los ciudadanos de aportar la tarjeta profesional física o cualquier medio de acreditación para suscribir contratos con el Estado; lo mismo sucede con la exigencia de la copia auténtica del régimen de propiedad horizontal, entre otros documentos, cédulas ampliadas al 150% o copia del RUT, sin embargo se siguen solicitando en algunas entidades.
¿Ha sido fácil la implementación que la ley señala?
NO, por múltiples factores ajenos a la competencia misma de las respectivas autoridades, no depende de ellos, sino de agentes externos que dificultan la habilitación de dichos procedimientos.
¿Cuáles son las nuevas exigencias impartidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones?
Son:
- Autenticación digital, en todos sus trámites.
- Crear la carpeta ciudadana digital.
- Complementar su sede electrónica al Portal Único del Estado Colombiano.
- Compartir la sede electrónica con el portal único del Estado colombiano.
- Acondicionar sistemas de gestión documental electrónica y de archivo digital.
- Contar con una estrategia de seguridad digital.
- Habilitar medios de pago electrónicos.
- Unirse al servicio ciudadano digital de interoperabilidad.
- Diligenciar las escrituras por medios físicos, digitales o electrónicos.
- Emplear la firma digital o electrónica con iguales efectos que la firma autógrafa.
- Expedir copias por medios mecánicos, digitalizados o electrónicos.
- Archivar los documentos realizados de forma electrónica por el mismo medio.
- Expedir la copia electrónica que presta mérito ejecutivo.
¿Cuál es la entidad encargada de vigilar que las notarías cumplan?
La Superintendencia de Notariado y Registro la cual define los códigos de las operaciones registrales.
Disposiciones del Decreto Ley 0019 de 2012, que seguimos padeciendo y que en la práctica no se cumplen:
- La reconexión de los servicios públicos domiciliarios, la cual debe hacerse a las 24 horas siguientes al pago.
- Las EPS tienen la obligación de otorgar las citas médicas de medicina general o de odontología en un plazo no mayor de tres días.
SKANDIA CESANTIAS
En este link encontrará toda la información referente al Fondo de cesantías Skandia: https://www.skandia.com.co/quienes-somos/skandia-en-colombia/skandia-pensiones-y-cesantias-sa/fondo-de-cesantias/Paginas/Cesantias.aspx, donde el afiliado podrá escoger, dentro del...
DOBLE ASESORIA DE PENSIONES
A partir de la Sentencia SL 1452 de 2019 de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia las Administradoras de Fondos de Pensiones -AFP-, tienen el deber de prestar a sus respectivos afiliados al Sistema General de Pensiones la doble asesoría al momento de...
HISTORIA LABORAL COLPENSIONES
Para ver el historial laboral en Colpensiones, el afiliado debe ingresar al siguiente enlace www.colpensiones.gov.co, donde debe seguir unos pasos muy sencillos y visualizar los aportes que ha realizado su empleador o, si es independiente, verificar que sus...
DOBLE ASESORIA COLPENSIONES
A raíz de una sentencia de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia (SL1452 de 2019), los afiliados que deseen cambiarse de régimen pensional de los dos existentes en el país, podrán recibir la doble asesoría tanto del Régimen de Ahorro Individual con...
PROTECCION CESANTIAS
La Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., es una institución financiera privada del holding colombiano Grupo de Inversiones Suramericana, que maneja tres líneas como son: Fondos para seguro de cesantía Pensiones voluntarias, y Pensiones...
PORVENIR CESANTIAS
Los quince (15) de febrero de cada año, las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías -AFP- reciben una considerable suma de dinero por concepto de cesantías, una obligación que tienen las empresas de consignar la prestación social de sus trabajadores que...
APORTES PARAFISCALES
Tema conocido cuando nos vinculamos laboralmente con un contrato de trabajo y por el cual el empleador está obligado a realizar los aportes parafiscales correspondientes, que son diferentes a los aportes que se hacen al Sistema de Seguridad Social. ¿Qué son los...
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
La implementación de la seguridad social en Colombia surge por la necesidad de proteger a los ciudadanos colombianos durante todas las etapas de su vida para prevenir y curar sus enfermedades, darles bienestar y que cuenten con una ayuda económica en caso de...
COLFONDOS CESANTIAS
De las cinco Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías -AFP- Colfondos es una de ellas, pero su carácter es público, en donde los trabajadores que deseen afiliarse a esta entidad encontrarán el respaldo y la garantía para que sus ahorros sean...
PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACION DE APORTES
La tecnología nos ha facilitado la vida y ha minimizado tanta burocracia en el trámite de varios temas como en el caso de la Planilla integrada de liquidación de aporte PILA. Esta planilla permite agilizar los aportes de forma virtual mediante los diferentes medios...


