VENDER O ARRENDAR CASA CON SUBSIDIO DE VIVIENDA

by | Nov 30, 2020 | BLOG, COMPRAVENTA VIVIENDA VIS | 0 comments

Luis compró un inmueble VIS (Vivienda de Interés Social) acogiéndose al programa de vivienda con subsidio. Después de cinco años de vivir en su apartamento y estar al día en los pagos con el banco, tomó otra decisión: vender o arrendar casa con subsidio de vivienda, para lo cual piensa arrendar su vivienda inicial y adquirir otro predio con el dinero que recibió de una herencia.

Sin embargo, antes de realizar la operación fue a la entidad bancaria donde le habían aprobado, en su momento, el crédito para la adquisición de su vivienda de interés social con subsidio.

Allí, después de dar las explicaciones del caso, el ejecutivo de cuentas le explicó a su cliente que no era posible irse y arrendar la propiedad.

 Tabla de contenido:

  • ¿Qué es el subsidio de vivienda?
  • ¿Por qué no puedo arrendar mi casa/apartamento VIS adquirido con subsidio?
  • ¿Por qué no puedo vender mi casa/apartamento VIS adquirido con subsidio?
  • Requisitos para ser beneficiario de un subsidio de vivienda.

¿Qué es el Subsidio de Vivienda?

El Subsidio de Vivienda es:” un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye un complemento para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda de interés social”.

¿Por qué no puedo arrendar mi casa/apartamento adquirido con subsidio?

La ley es muy clara al respecto. Deben pasar diez años para arrendar una propiedad comprada con subsidio de vivienda. Luis, entonces, le dijo al asesor que no le quedaba otra opción que vender el apartamento. La respuesta del funcionario también fue un no rotundo.

 ¿Por qué no puedo vender mi casa/apartamento adquirido con subsidio?

Según la Ley 1537 de 2012 “el Subsidio Familiar de Vivienda será restituible al Estado cuando los beneficiarios transfieran cualquier derecho real sobre la solución de vivienda o dejen de residir en ella antes de haber transcurrido diez (10) años desde la fecha de su transferencia, sin mediar permiso específico fundamentado en razones de fuerza mayor definidas por el reglamento”.

Como la propiedad de Luis fue adquirida con posterioridad a la mencionada Ley, el funcionario de la entidad crediticia tenía toda la razón. Es más, manifestó que cuando pasara dicho plazo y si seguía con el deseo de vender, la entidad otorgante del subsidio familiar de vivienda tendría un derecho de preferencia para la compra del inmueble.

Toda regla tiene su excepción, como lo he manifestado anteriormente, así que en próximo artículo trataremos sobre las excepciones a la venta y arriendo de vivienda VIS.

Luis no tuvo más alternativa que seguir en su apartamento, al menos por otros cinco años más para poder vender, o si lo que deseaba era arrendar, tendría que vivir por lo menos 5 años en él, tal como lo establece la respectiva Ley. Sin embargo, el funcionario de la entidad crediticia le informó que podía adquirir otro inmueble sin importar que fuera beneficiario de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una Caja de Compensación Familiar o por el Gobierno Nacional.

Dicha afirmación está sustentada en el recién Decreto 1233 del 14 de septiembre del 2020, expedido por el Gobierno Nacional. El semblante de Luis cambió y se mostró interesado al escuchar que se puede comprar vivienda nueva no VIS (Vivienda nueva que no es de interés Social) de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir $438 millones de pesos, aproximadamente. Con un mínimo en el precio a comprar que fluctúa entre $118 y $131 millones de pesos, dependiendo de la región del país.

El funcionario le explicó que debía postularse para la compra de vivienda nueva no VIS. Luis recibió la documentación requerida y en su casa se dedicó a leer para ser beneficiario de un subsidio para vivienda.

 Requisitos para ser beneficiario de un subsidio de vivienda

No haber recibido subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional o las Cajas de Compensación Familiar, ni ninguna cobertura de tasa de interés.

En este programa del Gobierno Nacional no existirán restricciones de salarios o ingresos para aplicar.

 Luego de sopesar los pros y los contras Luis le dijo al asesor que iría al día siguiente a la entidad financiera para comenzar el respectivo trámite.

Para concluir, es necesario que las personas sepan que el subsidio se cuenta por persona, más no por toda la familia. Es decir, cada colombiano que cumpla con los requisitos para ello tiene derecho a acceder a este auxilio una vez en su vida.

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