La Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso, articulo 617, asignó nuevas funciones a los Notarios entre las cuales tenemos el procedimiento que deben seguir los compañeros permanentes que no han declarado su unión marital de hecho ni han liquidado su sociedad patrimonial y desean contraer matrimonio.
Veamos primero que todo como define la ley la UMH, cual es su naturaleza jurídica y su régimen patrimonial.
La ley 54 de 1990, articulo primero define la UMH en los siguientes términos:
¨Se denomina unión marital de hecho, la formada entre un hombre y una mujer que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular. Igualmente y para todos los efectos civiles, se denominan compañero y compañera permanente, al hombre y la mujer que forman parte de la unión marital de hecho..¨
En cuanto a su naturaleza jurídica en principio podemos decir que es un acuerdo consensual y personal entre dos personas, manifestado por hechos y donde nacen vínculos afectivos entre la pareja. La Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 10 de Septiembre de 2003, expediente 7603, señala que Unión marital de hecho es fruto de actos consientes y reflexivos, constantes y prolongados partiendo de hechos y no de un acuerdo jurídico familiar¨.
RÉGIMEN PATRIMONIAL DE LA UMH.
Señala el articulo 3 de la Ley 54 de 1990,¨ ..El patrimonio o capital producto del trabajo ayuda y socorro mutuos pertenece por partes iguales a ambos compañeros permanentes…
Parágrafo. No formarán parte del haber de la sociedad, los bienes adquiridos en virtud de donación, herencia o legado ni los que se hubieren adquiridos antes de iniciar la unión marital de hecho…¨
DECLARACIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL QUE INGRESAN A LA SOCIEDAD CONYUGAL.
Los compañeros permanentes que han adquirido bienes en vigencia de la unión marital de hecho pero no la han declarado ni la han liquidado y deciden contraer nupcias, lo más conveniente es declarar por escritura pública su unión marital y la sociedad patrimonial entre ellos, manifestando expresamente que es su voluntad que los bienes adquiridos en vigencia de dicha unión, ingresen a la sociedad conyugal que nacerá por el hecho del matrimonio próximo a contraer.
En hora buena la ley estableció este nuevo trámite, toda vez que al momento de liquidar la sociedad conyugal constituida por el hecho del matrimonio, surgían controversias entre los cónyuges al no tener claro desde cuando comenzaba y se consolidaba su patrimonio económico por ellos adquirido, incluso podían confundirse bienes sociales con bienes propios, si desde el momento que contraían matrimonio o desde cuando había comenzado su unión marital de hecho.
Martha Isabel Acevedo Prada.
ENFOQUE DE GENERO
El enfoque de género es una herramienta esencial para identificar y enfrentar las desigualdades, discriminaciones y formas de violencia que pueden presentarse por razones referentes al género. En Colombia, este enfoque ha adquirido especial importancia dentro de las...
VIVIR JUNTOS NO CREA UNA SOCIEDAD DE HECHO
Vivir juntos, mantener una relación sentimental, compartir gastos o desarrollar la vida cotidiana como pareja no significa, por sí solo, que exista una sociedad de hecho entre los compañeros. Así lo ha confirmado recientemente la Corte Suprema de Justicia al...
EXCLUSION TESTAMENTARIA
El testamento es uno de los principales instrumentos para que una persona exprese su voluntad respecto de cómo repartirá sus bienes después de su fallecimiento. Sin embargo, la libertad para testar no es absoluta y está sometida a los límites señalados legalmente,...
AUTENTICACION DE LA LETRA DE CAMBIO
La letra de cambio continúa siendo uno de los instrumentos más usados para respaldar obligaciones económicas entre particulares y comerciantes. Sin embargo, alrededor de este título valor siguen existiendo diversas dudas, especialmente sobre si es necesario autenticar...
SEGUROS DE BIENES COMUNES EN PROPIEDAD HORIZONTAL
El reciente terremoto que sacudió a Colombia volvió a poner en evidencia la vulnerabilidad de las edificaciones frente a los fenómenos naturales y, especialmente, los elevados costos que pueden ocasionar los daños en sus estructuras y zonas comunes. En las...
RESPALDAR CONTRATOS CON LETRAS DE CAMBIO O PAGARÉS
En Colombia es frecuente que, además de suscribir un contrato, una de las partes exija una letra de cambio o un pagaré (títulos valores) como respaldo del cumplimiento de las obligaciones. Aunque estos documentos son mecanismos legítimos para garantizar y facilitar el...
PROTOCOLO NOTARIAL
El protocolo notarial es el archivo en el que se conservan las escrituras públicas y demás documentos incorporados a ellas. Su organización y custodia cumplen una función esencial para conservar los actos jurídicos realizados ante notario, facilitar su consulta y...
FALLO EXTRA Y ULTRA PETITA EN EL DERECHO LABORAL
Los jueces laborales cuentan con facultades especiales para garantizar la protección efectiva de los derechos de los trabajadores. Entre ellas se encuentran los fallos extra petita y ultra petita, que permiten reconocer derechos o sumas superiores a las pedidas en la...
MINTRABAJO DEROGA 11 CIRCULARES DEL GOBIERNO PETRO
El Ministerio del Trabajo, a través de su Resolución 2708 del 20 de agosto de 2026, derogó y dejó sin efectos 11 circulares expedidas entre 2025 y 2026, relacionadas con distintos aspectos de las relaciones laborales. La decisión hace parte de un proceso de depuración...
REGISTRADURIA REFUERZA CONTROLES CONTRA LA FALSA IDENTIDAD
La identidad es un elemento esencial para el ejercicio de los derechos y para la realización de numerosos actos jurídicos. Por ello, la registraduría refuerza controles contra la falsa identidad para prevenir la suplantación de personas y la expedición fraudulenta de...

