Autorización para enajenar bienes de incapaz, mayor o menor de edad

by | Nov 14, 2018 | AUTORIZACIÓN PARA ENAJENAR BIENES DE INCAPAZ, BLOG | 0 comments

Con la entrada en vigencia del Código General del Proceso, Ley 1564 de 2012 y Decreto reglamentario 1664 de 2015, se dió una nueva competencia a los Notarios para que mediante escritura pública se autorice la enajenación de bienes que estén en cabeza de menores o personas mayores incapaces.  De esta manera, puede obtenerse dicha autorización mediante trámite judicial o a través de proceso notarial.

En el trámite notarial igual que en el proceso judicial debe justificarse la necesidad de la venta de la propiedad del menor o del mayor incapaz. Igualmente debe señalarse el destino que tendrá el producto de la venta.  Es decir, debe manifestarse y probarse por ejemplo que el menor o el mayor incapaz requiere de un tratamiento médico especial,  educación y rehabilitación física, o alimentos y siendo así, debe aportarse constancia médica que asi lo determine, etc.

Podríamos decir que el tiempo y trámite del proceso notarial es más corto por cuanto la enajenación es directa.  Sin embargo, uno y otro son procesos de Jurisdicción voluntaria,  por tanto son procesos  breves. Judicialmente, dice la norma que la venta no se hará en pública subasta pero que el Juez tomará las medidas necesarias tendientes a proteger el patrimonio del incapaz.  En cuanto al proceso  notarial, una vez  presentada la solicitud por parte de los padres del menor o curador según sea el caso, el Notario determinará  su competencia y revisará  los documentos anexos de prueba, dará traslado al Defensor de familia del domicilio del menor o mayor incapaz  quien en el término de 15 días hábiles deberá pronunciarse, aprobando, negando o condicionando la enajenación del bien.

Tanto las licencias como las autorizaciones tendrán una vigencia de 6 meses, término dentro del cual los interesados deberán definir la enajenación del bien del cual han solicitado autorización.

Es importante anotar que para obtener la autorización mediante trámite notarial, la solicitud la presentan los padres del menor o del guardador o curador del mayor de edad según fuere el caso,  en cambio judicialmente debe adelantarse el trámite a través de apoderado judicial.

Martha Isabel Acevedo Prada.

PRESCRIPCION DE LA FACTURA DE SERVICIOS PUBLICOS

Hay preguntas que los usuarios se hacen y en este artículo resolveremos estos interrogantes para que se tenga claridad de cómo proceder en caso de una deuda de un servicio público, en qué tiempo podrán ser cobradas jurídicamente e, igualmente, los términos que se...

read more

TRASLADO REGIMEN PENSIONAL

A raíz de un fallo de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, más exactamente la providencia SL 373-2021, se declaró que las personas que en un momento de su vida laboral pertenecieron al régimen de prima media con prestación definida (Afiliados a...

read more

REPARTIR LOS BIENES EN VIDA

Actualmente, muchos de nosotros buscamos la forma de disminuir costos en muchas áreas y una de ellas es la sucesión, pues tratamos de evitar que los herederos se vean comprometidos a asumir esos costos y una forma para ello es repartir los bienes en vida.   ¿Qué...

read more

IMPUGNACION DE PATERNIDAD

En la eventualidad que se tenga la duda de ser el padre de determinado hijo o hija, éste puede recurrir a los juzgados de familia e iniciar un proceso de impugnación de paternidad.   ¿En qué consiste?   Es un proceso judicial que busca demostrar por parte...

read more

DENUNCIAR LA DISCRIMINACION

Si una persona cree haber sido objeto de un acto discriminatorio puede acudir a varias instancias para denunciar la situación, según sea el caso de interponer la respectiva denuncia.     ¿Qué actos se consideran discriminatorios?   Se considera...

read more

DISCRIMINACION

Ante la vulneración de un derecho fundamental sufrido por cualquier persona, ya sea de palabra o acción, e implique un agravio, ofensa, desigualdad o vaya en contra de su honra y la dignidad humana, puede considerarse un acto discriminatorio.   Discriminación en...

read more

EXCEPCIONES PARA LA LIBRETA MILITAR

El servicio militar en el país es de carácter obligatorio y los ciudadanos colombianos varones que cumplan la mayoría de edad deben definir su situación militar como reservista de primera o segunda clase.   ¿Hay servicio militar para las mujeres?   En el...

read more

INCAPACIDADES LABORALES

Cuando se presenta una enfermedad o algún imprevisto de salud que impide el normal desarrollo de nuestra jornada laboral, dependiendo de la gravedad del incidente, muchos nos vemos enfrentados a dejar de trabajar por algunos días y a que el médico nos expida una...

read more

TENENCIA DE MASCOTAS

Un nuevo proyecto de ley de Protección y Bienestar Animal que cursa en el Senado y se espera sea aprobado este año, busca dar mayores medidas y acciones tendientes a la defensa, bienestar y seguridad de los animales, como garantizar un entorno saludable para evitar...

read more

DEVOLUCION DE APORTES COLPENSIONES

La indemnización sustitutiva es reconocida cuando un aportante a cualquiera de los fondos de pensiones del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad -RAIS- y el Régimen de Prima Media -RPM- no alcanza a cumplir con los requisitos contemplados por Ley para lograr...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido