Bienes de la sociedad patrimonial que ingresan a la sociedad conyugal.

by | Nov 15, 2018 | BLOG, DECLARACIÓN UNIÓN MARITAL DE HECHO, MATRIMONIO CIVIL | 0 comments

La Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso, articulo 617, asignó nuevas funciones a los Notarios entre las cuales tenemos el procedimiento que deben seguir los compañeros permanentes que no han declarado su unión marital de hecho ni han liquidado su sociedad patrimonial y desean contraer matrimonio.

Veamos primero que todo como define la ley la UMH, cual es su naturaleza jurídica y su régimen patrimonial.

La ley 54 de 1990,  articulo primero define la UMH en los siguientes términos:
¨Se denomina  unión marital de hecho, la formada entre un hombre y una mujer que sin estar casados, hacen una comunidad de vida permanente y singular. Igualmente y para todos los efectos civiles, se denominan compañero y compañera permanente, al hombre y la mujer que forman parte de la unión marital de hecho..¨

En cuanto a su naturaleza jurídica en principio podemos decir que es un acuerdo consensual y personal entre dos personas, manifestado por hechos y donde nacen vínculos afectivos entre la pareja. La Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 10 de Septiembre de 2003, expediente 7603, señala que Unión marital de hecho es fruto de actos consientes y reflexivos, constantes y prolongados partiendo de hechos y no de un acuerdo jurídico familiar¨.

RÉGIMEN PATRIMONIAL DE LA UMH.

Señala el articulo 3 de la Ley 54 de 1990,¨ ..El patrimonio o capital producto del trabajo ayuda y socorro mutuos pertenece por partes iguales a ambos compañeros permanentes…

Parágrafo. No formarán parte del haber de la sociedad, los bienes adquiridos en virtud de donación, herencia o legado ni los que se hubieren adquiridos antes de iniciar la unión marital de hecho…¨

DECLARACIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL QUE INGRESAN A LA SOCIEDAD CONYUGAL.

Los compañeros permanentes que han adquirido bienes en vigencia de la unión marital de hecho pero no la han declarado ni la han  liquidado y deciden contraer nupcias, lo más conveniente es declarar por escritura pública su unión marital  y la sociedad patrimonial entre ellos, manifestando expresamente que es su voluntad que los bienes adquiridos en vigencia de dicha unión, ingresen a la sociedad conyugal que nacerá por el hecho del matrimonio próximo a contraer.

En hora buena la ley estableció este nuevo trámite, toda vez que al momento de liquidar la sociedad conyugal constituida por el hecho del matrimonio, surgían controversias entre los cónyuges al no tener claro desde cuando comenzaba y se consolidaba su patrimonio económico por ellos adquirido, incluso podían confundirse bienes sociales con bienes propios, si desde el momento que contraían matrimonio o desde cuando había comenzado su unión marital de hecho.

Martha Isabel Acevedo Prada.

REFORMA LABORAL

La reforma laboral ( promovida por el actual Gobierno realiza cambios estructurales al régimen laboral, refuerza la estabilidad, la protección del trabajador y la formalización con el fin de recuperar y  ampliar derechos de los trabajadores, pero que no es una ley de...

read more

COMPRAR SEMANAS DE COTIZACION

Para muchas personas el pensionarse es uno de sus mayores proyectos de vida, pero algunos no logran reunir los requisitos de tiempo cotizado para que se le reconozca su pensión; sinembargo, existe o no la posibilidad de comprar semanas de cotización?   ¿Cuál es...

read more

PERIODO DE PRUEBA

El contrato de trabajo estipula un periodo de prueba que tiene como finalidad que las partes identifiquen las condiciones y cualidades de la otra, para decidir si es conveniente o no continuar con la relación laboral.   ¿Qué es el periodo de prueba? El artículo...

read more

PREAVISO LABORAL

Cuando algunas de las partes del contrato laboral desean dar por finalizada la relación, existen ciertos procedimientos que se deben seguir para realizar esta comunicación y esto es lo que se llama preaviso laboral, tema que trataremos en este artículo.   ¿Qué es...

read more

CONTRATO POR OBRA O LABOR

El contrato por obra o labor, luego de la reforma laboral, conserva su naturaleza pero integra más garantías de estabilidad, reglas más estrictas para usarlo y limita el abuso, éste es el tema de nuestro artículo a continuación.   ¿Qué es el contrato por obra o...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido