En la Constitución política de Colombia no existe una normatividad que señale por separado cómo debe ser la pensión de sobreviviente o la sustitución pensional en el Régimen de Prima Media (Colpensiones), sino que reúne estos conceptos bajo la Ley 797 del 2003.
¿Qué es la pensión de sobrevivientes?
“La pensión de sobrevivientes es un derecho económico que tiene la persona que le sobrevive al fallecido que en vida tuvo pensión de vejez o por invalidez, o que se encontrara afiliada al sistema de pensiones, previo lleno de ciertos requisitos.
¿Qué es la sustitución pensional?
Esta tiene lugar cuando el pensionado ya está recibiendo su mesada pensional, y fallece. Los beneficiarios tendrán derecho a recibir la pensión del cónyuge o compañera o compañero permanente.
¿Pensión de sobrevivientes y sustitución pensional es lo mismo?
No, son similares pero distintas.En un artículo de la Notaría 19 sobre este tema, se dice que: “… tales términos (pensión de sobrevivientes y sustitución pensional) por lo general son asumidos como iguales y no es para menos ya que ambas son instituciones que están dirigidas a garantizar los derechos de quienes se puedan beneficiar de la pensión o afiliación pensional del fallecido.
Además, los requisitos para acceder a ellas son similares, pero se diferencian en razón del tiempo en que se encontraba el fallecido, es decir, si el fallecido era un cotizante que aún no se había pensionado, el grupo familiar tiene derecho a la pensión de sobrevivientes; por el contrario, si el fallecido ya estaba pensionado, es decir, ya estaba recibiendo sus mesadas pensionales, el grupo familiar interesado tendrá derecho a la sustitución pensional”
Este tema sigue siendo tendencia ante recientes fallos de las Altas Cortes, porque mientras la Corte Suprema de Justicia en 2020 determinaba que no se requería de un tiempo mínimo de convivencia, por parte de los cónyuges o compañeros permanentes de los afiliados al sistema de pensiones, para acceder a la mesada, la Corte Constitucional manifestó lo contrario.
¿Qué dijo la Corte Constitucional?
La Corte Constitucional, mediante Sentencia de Unificación SU 149/21, se pronunció tumbando la decisión de la Corte Suprema reafirmando que, para ser beneficiario de la pensión de sobrevivientes por fallecimiento del pensionado, tanto para el cónyuge como para el compañero (a) permanente, sí es necesaria una convivencia mínima de cinco años.
¿Hay igualdad de derechos de los beneficiarios para reclamar la pensión de sobrevivientes?
En fallo reciente de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia sobre la pensión de sobrevivientes y la sustitución pensional, reafirma que en estos dos casos los legítimos beneficiarios, ya sean casados o en unión marital de hecho, tendrán los mismos derechos para acceder a la pensión.
Cobra cada día mayor vigencia esta directriz, y en este caso específico el Alto Tribunal argumentó que “para ser beneficiario de la pensión de sobrevivientes, según la Ley 797 del 2003, se debe analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos… Lo anterior sin distinguir si la relación tuvo su fuente en lazos jurídicos matrimoniales o en la decisión libre y responsable de las personas de iniciar una convivencia con vocación de permanencia, estabilidad y duración”.
¿Qué establece la Ley 797 del 2003?
La Ley 797 del 2003, “por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales Exceptuados y Especiales”, es muy clara al respecto y señala en su artículo 47 que los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes, ya sea en forma vitalicia o temporal, son el/la cónyuge o el/la compañero(a) permanente.
¿Los hijos tienen derecho a la pensión de sobrevivientes?
Sí, “hijos menores de 18 años; los hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitados para trabajar por razón de sus estudios y si dependían económicamente del causante al momento de su muerte, siempre y cuando acrediten debidamente su condición de estudiantes; y, los hijos inválidos si dependían económicamente del causante, esto es, que no tienen ingresos adicionales, mientras subsistan las condiciones de invalidez”. Es decir, la pensión de sobrevivientes será para los miembros del grupo familiar del pensionado, pero sin distinción entre el matrimonio católico y la unión marital de hecho.
¿Los padres del pensionado fallecido tienen derecho a la pensión de sobrevivientes?
Sí, pero en la eventualidad que falte el cónyuge, compañera o compañero y, a su vez, si faltaren éstos, los hermanos inválidos del causante que dependían económicamente de éste, con sus consabidas limitaciones y requisitos.
Temas relacionados:
Pensión en fondos privados no sería heredable
¿Cuáles son los regímenes pensionales y en qué se diferencian?
LEGITIMACION EN LA CAUSA
La legitimación en la causa no es un término muy conocido para quienes no están en el mundo del Derecho pero, consideramos, que las personas deben saber de éste para tener claro su rol en un proceso judicial. ¿Qué es la legitimación en la causa? Ha...
SENTENCIA ANTICIPADA
Mucho se escucha sobre el término Sentencia Anticipada, pero no se tiene claridad de lo que éste representa exactamente dentro de un proceso judicial, por lo que hoy hablaremos sobre ello. ¿Qué es una sentencia? “La sentencia es la resolución judicial...
IMPUESTO AL PLASTICO DE UN SOLO USO
En días recientes, la Corte Constitucional decidió sobre una demanda interpuesta por un ciudadano que manifestaba que el impuesto al plástico de un solo uso vulneraba el principio de igualdad, pues una expresión ocasionaba un impacto representativo en el cobro de...
COBRO POR USO DE ANTEJARDINES A LOCALES COMERCIALES
Las dos últimas semanas han traído varias novedades, una de ellas es el cobro por uso de antejardines a locales comerciales, tema que ha generado discusión entre los dueños de estos locales que han hecho uso indebido de espacios públicos y quienes se ven afectados...
NUEVO CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO
Nuestro país cuenta con un nuevo Código Procesal del Trabajo, consta de 331 artículos que se benefician de los avances tecnológicos y de la virtualidad que sirve para agilizar los procesos laborales, tema que trataremos en nuestro artículo a continuación. ...
TRASTEO EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Para realizar un trasteo en propiedad horizontal se deben cumplir unos requerimientos que, algunas veces, producen conflictos entre las personas que se están mudando y los administradores y/o demás copropietarios o residentes del edificio o conjunto residencial por la...
MASCOTAS EN PROPIEDAD HORIZONTAL
El tema de las mascotas en Propiedad Horizontal es uno de los que causan más conflicto entre sus propietarios y los residentes que no tienen mascotas o que están más atento al cuidado de ellas, por eso, hoy trataremos este tema en nuestro artículo de hoy. ¿Qué...
EXPROPIACION ADMINISTRATIVA DEL GOBIERNO PETRO
Escuchar el término expropiación para los que son propietarios de un inmueble produce temor, pues, en algún momento, algunos de ellos pueden verse expuestos ante una expropiación administrativa del Gobierno Petro, tema que trataremos a continuación. ¿Qué es la...
IMPUESTO A LAS APUESTAS EN LINEA
Desde el 22 de febrero de 2025 quienes hacen uso de las plataformas de apuestas en línea en nuestro país se encontraron con un descuento en sus recargas de dinero para jugar, ese descuento es un nuevo impuesto a las apuestas en línea, tema de nuestro presente...
AFILIAR A SU MASCOTA EN UNA EPS
Distintas causas, muchas de ellas como animales de apoyo emocional, el miedo a la soledad, o simplemente porque le encantan las mascotas, han hecho que el ser humano se refugie en ellas y las consideren, incluso las leyes, como parte de la familia; lo cual ha...

