EXENCIONES EN EL PAGO DE DERECHOS NOTARIALES

by | Feb 15, 2026 | BLOG, DERECHO CIVIL, DERECHO DE FAMILIA, DERECHO NOTARIAL

Todos, en aras de economizar, buscamos ofertas, promociones, descuentos y exenciones en el pago de bienes y servicios.  Hoy hablaremos sobre las exenciones en el pago de derechos notariales.

 

¿Qué se entiende por exención?

El Diccionario de la Lengua Española la define así: Franqueza y libertad que alguien goza para eximirse de algún cargo u obligación.”

Eximir es librar a una persona de una carga o pago.

 

¿Cuáles son las exenciones en el pago de derechos notariales?

 

 

  • Exención parcial:

 

  • Exenciones para personas con discapacidad:
    • Resolución 01299 de 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro  Establece beneficios como la exención de derechos notariales en específicos actos para el caso de personas en condición de discapacidad, como parte de la política de inclusión para población vulnerable en ciertos trámites como el reconocimiento de documentos privados en contextos determinados, tal como lo señala el artículo 37 en su literal i de esta Resolución de la Superintendencia.
    • Ley 1996 de 2019: Al regular la capacidad plena de las personas con discapacidad otorga mecanismos como acuerdos de apoyo y directivas anticipadas ante las diferentes notarías del país, señalando los actos que sólo causan la tarifa de actos sin cuantía, otorgando una  para las personas discapacitadas, otorgándoles tarifas más favorables en determinados actos vinculados con apoyos y capacidades.

 

 Temas relacionados:

Actos sin cuantía o no determinables

Beneficios tributarios por adoptar paneles solares

Predial más barato

Leasing inmobiliario

error: Content is protected !!
Ir al contenido